Plan Reincorpora de 3 años para reducir el paro de larga duración
El plan Reincorpora abarca desde 2019 hasta 2021 el cual está enfocado en reducir el desempleo en personas paradas de larga duración así como colectivos vulnerables.
El principal eje de actuación es la especialización de los servicios de empleo a través de personal técnico y actuaciones específicas.
A continuación te mostramos en formato texto el programa:
01. Compromiso con las personas paradas de larga duración y otras personas
especialmente vulnerables ante el empleo _____________________________________5
02. Antecedentes y situación de partida __________________________________________11
2.1. Políticas activas de empleo en la Unión Europea dirigidas a las personas
paradas de larga duración y colectivos vulnerables ante el empleo _____________16
03. Objetivos ___________________________________________________________________20
3.1. Objetivos cuantitativos ____________________________________________________21
3.2. Algunas medidas tendentes a lograr en cantidad, calidad y eficacia los
Objetivos cuantitativos previstos de reducción del Paro de Larga Duración ______22
3.3. Objetivos relativos a la mejora de la situación de empleo de los PLD y otras
personas en situación de vulnerabilidad ante el empleo _______________________23
3.4. Objetivos específicos relativos a la valoración cuantitativa de los elementos
catalizadores del rendimiento del ‘Sistema SEPE’ ____________________________24
04. Principios rectores __________________________________________________________25
05. Ejes de actuación ___________________________________________________________27
5.1. Eje 1 Orientación ________________________________________________________27
Objetivo 1: atención personalizada y acompañamiento sociolaboral ___________________ 29
Objetivo 2: relación con agentes del mercado de trabajo _____________________________ 34
Objetivo 3: gobernanza de las medidas de orientación _______________________________ 36
5.2. Eje 2 Formación __________________________________________________________37
Objetivo 1: mejorar la competitividad de las empresas a través de la cualificación de
las personas, ajustando las competencias de los trabajadores a los requerimientos
actuales y futuros del mercado de trabajo __________________________________________ 37
Objetivo 2: mejorar la empleabilidad de los trabajadores con objeto de mejorar
sus posibilidades de obtener un empleo de calidad, su desarrollo personal y su
promoción profesional ___________________________________________________________ 38
4<índice>5.3. Eje 3 Oportunidades de empleo ____________________________________________42
Objetivo 1: la contratación pública y la responsabilidad hacia sectores más vulnerables __ 43
Objetivo 2: la responsabilidad social empresarial y el valor añadido de la generación
de empleo para personas con dificultades de acceso al mercado de trabajo ____________ 45
Objetivo 3: fomento de la contratación en actividades de interés preferente e interés
público _________________________________________________________________________ 48
Objetivo 4: otras medidas de fomento del empleo ___________________________________ 52
5.4. Eje 4 Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo ______________________55
5.5. Eje 5 Emprendimiento _____________________________________________________57
5.6. Eje 6 Mejora del marco institucional ________________________________________61
06. Difusión del plan Reincorpora-T ______________________________________________64
07. Impacto presupuestario del plan Reincorpora-T _______________________________65
08. Planificación y evaluación ____________________________________________________67
09. Comisión de seguimiento del plan Reincorpora-T ______________________________68
10. Vigencia del plan Reincorpora-T ______________________________________________70
11. Anexos _____________________________________________________________________71
11.1 1 Datos de los Demandantes Parados de Larga Duración mayores de 30
años por sexo, tramos de edad, tramos de edad y sexo, por nivel formativo
y por Comunidad Autónoma del domicilio del demandante ____________________71
11.2 Cuadro resumen de Programas de Políticas Activas de Empleo para las
personas Paradas de Larga Duración en países UE ___________________________75
5<índice>01
Compromiso con las
personas paradas de larga
duración y otras personas
especialmente vulnerables
ante el empleo
Desde el año 2014, asistimos a una etapa de crecimiento de la economía española y del empleo que ha
permitido reducir la tasa de paro del 23,7% en el Cuarto Trimestre de ese año hasta el 14,45% según la
EPA del Cuarto Trimestre de 2018.
Entre los grandes retos a los que debe hacer frente nuestra sociedad, y en particular los servicios
públicos de empleo -el SEPE y los SPE de las CC.AA.-, está el impulsar medidas que frenen, por un
lado, y reduzcan, por otro, las elevadas tasas de desempleo con marcadas características territoriales,
de género y edad, favoreciendo un ajuste de la desigualdad social, fuertemente incrementada durante los
años de crisis, pero que no ha conseguido reducirse de forma suficiente en este periodo de recuperación
económica.
La pérdida del empleo para un amplio sector de la población en los peores momentos de la crisis
económica, las características de los perfiles profesionales de las personas que quedaron sin empleo, la
dificultad y las limitaciones para acceder a un nuevo empleo de forma estable, los periodos de transición
con empleos parciales o temporales, entre otras situaciones, ha dado lugar a que muchos profesionales
estén periodos de más de 12 meses sin empleo con importantes consecuencias personales, sociales
y familiares que ello conlleva. Así como, las consecuencias derivadas de los procesos de cambio
tecnológico y digitalización, que requieren de un importante esfuerzo de recualificación en competencias
digitales tanto dirigido a personas en situación de PLD, como desde una dimensión preventiva.
En este contexto, los retos actuales deben orientarse sobre criterios que garanticen modelos económicos
que refuercen nuestro modelo de cohesión, protección social y lucha contra la pobreza, para lograr un
desarrollo sostenible e igualitario.
Se hace necesario considerar cuáles son los objetivos y las tendencias en cuanto a la evolución y el
crecimiento económico y de población mundiales, para conocer la posible evolución de nuestro mercado
de trabajo y diseñar políticas activas que se anticipen y aborden los retos de futuro. Los ‘Objetivos
de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030’ de Naciones Unidas, orientados a la erradicación de
la pobreza y el favorecimiento de un desarrollo sostenible e igualitario, señalan pautas de referencia
obligada para la formulación de nuevas políticas activas de empleo:
• Objetivo 1: Poner fin a la pobreza.
• Objetivo 4: Garantizar una educación de calidad inclusiva y equitativa, y promover las oportunidades
de aprendizaje permanente para todos.
• Objetivo 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas.
• Objetivo 8: Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno
y productivo, y el trabajo decente para todos.
• Objetivo 10: Reducir la desigualdad.
6<índice>En la misma línea, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en los documentos ‘Perspectivas
sociales y del empleo en el mundo-Tendencias 2018 y 2019’, señala que la economía mundial se
recupera, aunque el desempleo mundial y los déficits de trabajo decente se mantienen persistentemente
altos en muchas regiones del mundo, permaneciendo una gran brecha entre géneros con infrautilización
de la fuerza de trabajo de las mujeres, y que la economía no crea todavía suficientes empleos, estimándose
en más de 174 millones las personas que serán desempleadas en los próximos años.
Además, en los países en desarrollo, los progresos para reducir la pobreza de los trabajadores están
siendo muy lentos, sigue aumentando el empleo vulnerable y se estima que el número de trabajadores
que viven en pobreza extrema se mantendrán por encima de los 114 millones de personas, afectando
incluso, en 2018, al 40% de las personas con un empleo.
El documento, desde el punto de vista de la evolución el empleo, recoge elementos que resultan de la
máxima prioridad, tales como: la menor participación de las mujeres en el mercado de trabajo, la mayor
precariedad de sus condiciones, el elemento territorial como clave en la desigualdad de la población en
el acceso a un empleo, la tendencia del empleo a crecer en el sector servicios y el envejecimiento de la
población. Esta situación, obliga a los Estados a tomar medidas para estimular la calidad de los empleos
y la productividad en los sectores de actividad de mayor crecimiento.
En nuestro país, estas tendencias se ven
agravadas por el desempleo de larga duración (12
o más meses sin ocupación), de modo que debe
adoptarse a efectos de la consideración en los
servicios de empleo sobre el colectivo diana de
este Plan, el de las personas que han sufrido o
sufren el paro durante 12 meses (360 días) en
los últimos 18 meses, entre los que se encuentra
un amplio sector de la población activa que se ha
vuelto especialmente vulnerable ante el empleo.
También tendrán la consideración como colectivo
de atención prioritaria en las acciones de este
Plan, aquellas personas que hayan permanecido
inscritas como demandantes de empleo no
ocupadas en el Servicio Público de Empleo
durante 180 días en los 9 meses inmediatamente
anteriores, si son personas mayores de 45 años o
si están inscritas como trabajadores agrarios. Es
necesario tener en cuenta que el Plan se vertebra
sobre dos dimensiones, señaladas más adelante,
una de ellas de promoción de actuaciones
específicas para la incorporación al mercado
laboral de personas en situación de PLD, y otra de
las dimensiones es la prevención de la situación
de PLD. Por ello, junto a las personas en paro 12 meses de los últimos 18, también serán colectivos de
atención preferente en este Plan todas aquellas personas que por su vulnerabilidad ante el empleo puede
ser predecible una situación ulterior de paro de larga duración, como colectivos con 9 meses en paro en
los últimos 18 meses mayores de 45 años y otras personas pertenecientes a colectivos especialmente
vulnerables que se plantean a lo largo del Plan.
Este factor incide negativamente en el potencial de crecimiento de nuestra economía y configura diversos
escenarios de exclusión del mercado de trabajo y aumento del riesgo de exclusión social, pobreza y
desigualdad, exigiendo un incremento de los recursos de protección básicos de los servicios sociales y
otros recursos públicos.
En el marco de un debate global sobre cómo articular una serie de acciones para atajar la situación
de paro, precariedad y pobreza laboral, es urgente plantear un Programa de impacto para combatir el
7<índice>desempleo de larga duración -con carácter integral y con una mayor eficiencia del gasto público-, que
ponga en marcha medidas específicas y coordinadas para recuperar el potencial laboral y de integración
social de determinados colectivos en situaciones de paro de larga duración y especialmente vulnerables
ante el mercado de trabajo.
La articulación del ‘PLAN REINCORPORA-T’ (en adelante, PLAN REINCORPORA-T o también el PLAN)
para las Personas Paradas de Larga Duración (PLD) se vertebra sobre dos dimensiones transversales
para:
1. La promoción de actuaciones específicas para la incorporación al mercado de trabajo de las
personas Paradas de Larga Duración.
2. La promoción del carácter preventivo de las actuaciones de los Servicios Públicos de Empleo,
interlocutores sociales y otras entidades sociales, para identificar factores de riesgo y vulnerabilidad
ante el empleo en las personas desempleadas, como, por ejemplo:
Situaciones de precariedad laboral. Trabajadores que disponen de empleo que no garantiza unos
ingresos para llegar al umbral del salario mínimo: por reducción de salario como consecuencia
de la parcialidad de la jornada o reducción del número de días trabajados al año.
Población potencialmente vulnerable en hogares con bajos ingresos y/o baja actividad laboral,
para reducir la ‘Tasa de riesgo de pobreza y/o exclusión social (estrategia Europa 2020).
Indicador AROPE’. En el apartado de integración social el objetivo nacional 2020 para España
es conseguir que 1.400.000 personas menos estén en riesgo de pobreza y/o exclusión social.
Personas ocupadas en el trabajo doméstico.
Personas cuidadoras no profesionales.
Personas mayores de 45 años que pierden su empleo y se mantienen en paro 9 meses en los
últimos 18 meses.
Personas con discapacidad.
Personas que forman parte de un proceso colectivo de regulación de empleo.
Personas que forman parte de hogares vulnerables.
Personas en paro durante 9 meses en los últimos 18 meses inscritas como trabajadores agrarios.
Para facilitar la consecución de los objetivos señalados en este PLAN, en las actuaciones derivadas
del mismo, el Sistema Nacional de Empleo (SNE) garantizará el cumplimiento de los fines señalados en
el artículo 7 de la Ley de Empleo, entre ellos el fortalecimiento de los Servicios Públicos de Empleo y
el favorecimiento de la colaboración público-privada en la intermediación laboral y el desarrollo de las
políticas activas de empleo.
Las políticas activas de empleo mejoran las oportunidades de empleo de las personas, existiendo un
vínculo entre estas políticas y la calidad en el empleo para cuya mejora es necesario un marco regulatorio
de las relaciones laborales distinto del que tenemos en la actualidad. Con ese fin, en la Disposición
Adicional Primera del ‘Real Decreto Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección
social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo’, se ha previsto la creación de un
“Grupo de expertos y expertas para la propuesta de un nuevo Estatuto de los Trabajadores”, cuya
composición y funciones se determinarán previa audiencia de los interlocutores sociales, que adapte su
contenido a los retos y desafíos del siglo XXI.
Conviene aclarar que, si bien en el Plan hay actuaciones dirigidas a colectivos que van más allá de las
personas que hoy están en situación de PLD en el marco de la dimensión preventiva del Plan, a efectos
estadísticos los datos recogidos se refieren exclusivamente a personas en situación de PLD.
8<índice>Mecanismos de refuerzo contra la vulnerabilidad ante empleo
La OIT define la “vulnerabilidad ante el empleo” como el riesgo de permanecer sin empleo y de estar
en situación de pobreza en el trabajo a largo plazo.
El ‘Plan Director por un Trabajo Digno 2018-2019-2020’ del Ministerio de Trabajo, Migraciones y
Seguridad Social (MITRAMISS), recoge que los efectos de las situaciones de vulnerabilidad laboral
se manifiestan en forma de subempleo, incertidumbre personal, pobreza e imposibilidad de organizar
proyectos de vida más o menos estables, lo que, en ocasiones puede desembocar en trastornos de
salud y mayor riesgo de siniestralidad.
El PLAN REINCORPORA-T identifica la vulnerabilidad ante el empleo como la situación de aquellas
personas inactivas que desean trabajar y están disponibles (IDTD), en paro o en precariedad laboral,
pertenecientes a hogares de bajos ingresos laborales o de baja intensidad laboral y que se encuentran
en riesgo de permanecer a largo plazo (más de 12 meses) sin empleo o en situación de pobreza en el
trabajo.
La situación descrita genera un panorama de segmentación laboral, identificada, además de por la
temporalidad en la relación laboral, por otros factores tales como: la parcialidad no deseada o involuntaria,
la intensa rotación laboral, los contratos de corta duración, la subcontratación como práctica laboral para
abaratar la mano de obra y, en consecuencia, los bajos salarios que reciben cada vez más amplias capas
de la población.
El PLAN REINCORPORA-T aborda el conjunto de situaciones que, de forma más general, pueden
encontrarse las personas desempleadas de larga duración y otros colectivos considerados de especial
atención. Y todas las medidas contenidas en él, están reforzadas por el incremento del Salario Mínimo
Interprofesional (SMI) para 2019, aprobado por el Gobierno, que beneficiará especialmente a las
personas más vulnerables ante el empleo.
Esta subida del SMI estimamos que será positiva para la creación de empleo y para el logro de una mayor
productividad y, como consecuencia, para un trabajo más sostenible -sabiendo que la elasticidad del
empleo respecto al Producto Interior Bruto (PIB) seguirá siendo de las más elevadas de la Unión Europea
(UE)-, generando impactos positivos en variables relacionadas como el consumo o el incremento de la
renta bruta familiar de los hogares con menos ingresos.
Igualmente, la recuperación del subsidio de mayores de 52 años ya aprobado, así como la nueva
formulación de la protección asistencial por desempleo en la que se está trabajando, permitirán reforzar
los mecanismos de protección social de las personas con mayor riesgo de vulnerabilidad ante el empleo
y de las personas paradas de larga duración, incrementando así sus posibilidades de inserción laboral
mediante la potenciación de políticas que mejoren su empleabilidad.
Necesidad de mejora de los recursos humanos de los servicios público de empleo
Destaca también en este PLAN la apuesta decidida por mejorar los recursos humanos de los Servicios
Públicos de Empleo, por reforzar al personal técnico para prestar el servicio del Acompañamiento
Personalizado a lo largo de toda la vida laboral de las personas, así como por procurar la innovación en
los procesos asistenciales de acompañamiento.
En este sentido, una de las medidas más relevantes del PLAN REINCORPORA-T es que los PLD serán
colectivo prioritario de atención -junto a las personas jóvenes-, de la red de Orientadores Profesionales
cuyo refuerzo, con 3.000 nuevos orientadores, ha sido acordado en el marco del ‘Plan de Choque
por el Empleo Joven’. La incorporación de estas personas técnicas, responsables de la orientación y
prospección, se ha planteado siguiendo las recomendaciones del ‘Comité de Empleo del Consejo de
Ministros de Empleo de la Unión Europea’, que llama a profundizar en la capacidad de actuación de
los Servicios Públicos de Empleo para garantizar la ratio de 1 orientador por cada 100 desempleados.
La Comisión Europea en su Informe Country Report 2018: Informe sobre España 2018, con un examen
9<índice>exhaustivo en lo que respecta a la prevención y la corrección de los desequilibrios macroeconómicos,
manifiesta que “la falta de recursos y la escasa coordinación siguen lastrando la eficacia de los Servicios
Públicos de Empleo (SPE)”, ya que, a pesar de que en 2017 se aumentaron los recursos humanos y
económicos de los SPE autonómicos y se establecieron medidas para mejorar su efectividad, dicho
Informe señala que la plantilla de los SPE es un 3% más baja que en 2015 mientras el gasto es un 33%
más bajo que en 2012.
Asimismo, en el Informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)
‘Economic Survey Spain 2018’, publicado en noviembre de dicho año, se señala en la sección dedicada
a las disparidades regionales en el mercado de trabajo, que el total de recursos de los SPE en España está
muy por debajo de otros países de la OCDE, y que el número de demandantes de empleo por orientador/
trabajador del SPE es demasiado elevado. Mejorar esta ratio y la especialización de los orientadores es
una medida necesaria para aumentar la efectividad de las políticas activas de empleo y una distribución
más eficiente de la financiación entre las Comunidades Autónomas.
En consecuencia, reforzar los Servicios Públicos de Empleo con profesionales especializados en
Orientación y Prospección viene a dar respuesta, por un lado, a las recomendaciones y sugerencias
demandadas por diversos organismos internacionales (OCDE, Comisión Europea, OIT, etc.) y, por otro
lado, sirve para avanzar en la consecución de un objetivo esencial para el óptimo funcionamiento de
los Servicios Públicos de Empleo como es la atención personalizada a las personas demandantes de
empleo.
10<índice>Algunas características de las personas destinatarias del PLAN
La aceleración del ritmo de cambios sociales y tecnológicos en el mercado de trabajo genera, para
amplios grupos de personas, dificultades para consolidar una carrera profesional o culminar las últimas
etapas de su vida laboral.
Las personas en paro de larga duración, junto con la pérdida de ingresos, sufren un deterioro de sus
capacidades profesionales, así como una mayor incidencia de problemas de salud y de empobrecimiento
personal y familiar.
Hay identificados colectivos que se ven especialmente afectados por la situación de desempleo de larga
duración que son considerados de una especial vulnerabilidad. También hay identificados factores de
género (ser mujer), de edad (ser mayor de 45 años), de educación (no disponer de estudios de formación
profesional o universitaria), de sector de actividad (proceder del sector de construcción), de origen
(inmigrante), e incluso de función (gerentes y/o extrabajadores autónomos); que aumentan la probabilidad
de acabar engrosando el colectivo de personas PLD.
Es por ello necesario establecer políticas encaminadas a la reincorporación al mercado de trabajo de
estas personas, así como mejorar el sistema de protección económica frente al desempleo que les
garantice o complemente unas rentas hasta que logren una nueva fuente de ingresos mediante una
ocupación, por cuenta ajena o por cuenta propia, que les permita ser autónomos en la generación de
sus ingresos.
Este PLAN está dirigido a las personas paradas de larga duración (de 12 a 23 meses en desempleo)
y de muy larga duración (24 meses y más en desempleo), inscritas en las oficinas públicas de empleo
en búsqueda de una ocupación, así como aquellas personas que son potencialmente vulnerables por
disponer de un empleo que no garantiza unos ingresos para llegar al umbral del SMI. A medida que
avance el PLAN con la obtención de resultados tangibles, esta realidad servirá de estímulo para que
las personas PLD desanimadas y fuera del mercado de trabajo, procedan a inscribirse en las oficinas
públicas de empleo a los efectos de recibir la atención y la ayuda correspondiente en su búsqueda activa
de empleo.
El PLAN prevé una especial atención para aquellos colectivos que, en función del sexo, edad, territorio
y/o sector de actividad, necesiten de actuaciones singulares por su mayor riesgo de exclusión o
vulnerabilidad.
Los Servicios Públicos de Empleo conocen bien las características de las personas en situación de
PLD, por lo que establecerán sus prioridades de atención en función de este conocimiento. De manera
conjunta en el marco del Sistema Nacional de Empleo se plantea la necesidad de realizar la evaluación
del Programa de Acción Conjunto frente al Paro de Larga Duración 2016-2018, lo que permitirá tener
un conocimiento más sistematizado tanto de las acciones realizadas con cargo al mismo, como de
los servicios que hubieran podido identificarse como de mayor utilidad para la inserción laboral de las
personas en situación de PLD.
Se profundizará por tanto en un diagnóstico de situación compartido y analizado pormenorizadamente,
cuantitativa y cualitativamente, a cuyos fines se incluye en este PLAN tanto la realización de un estudio
de trayectorias laborales como un análisis de Buenas Prácticas desarrolladas por los Servicios Públicos
de Empleo.
11<índice>02
Antecedentes y situación
de partida
El ‘Plan Director por un Trabajo Digno’ -en referencia al análisis de tendencias del empleo realizado por
la OIT para 2018-, señala un escenario de crecimiento moderado del empleo, con el riesgo del aumento
del empleo vulnerable y ralentización del ritmo de reducción de la pobreza laboral. En el contexto español,
la vulnerabilidad ante el empleo se relaciona, entre otros aspectos:
• Con el paro de larga duración y la creciente precarización de los asalariados.
• Con factores de género, al mantenerse menores tasas de participación femenina en el empleo, con
trabajos de menor calidad y salarios más bajos.
• Con los aspectos territoriales, por las diferencias entre Comunidades Autónomas, y la acusada
desigualdad entre los ámbitos rural y urbano.
Según los datos de la Encuesta de Población Activa, el número de ocupados en media anual aumentó
en 2018 en 502.900 personas (2,67%) respecto a la media del año anterior. De esta variación, 237.200 lo
aportan las mujeres y 265.700 los hombres. De esta forma el total de ocupados medios en 2018 se situó
en 19.327.700 personas.
El número de parados medios disminuyó en 2018 437.800 personas (-11,18%), 206.600 mujeres y
231.200 hombres, respecto a la media de 2017, situándose en 3.479.100 personas.
Tabla 1. Número de personas activas, ocupadas y paradas por sexo. En miles de personas. Media 2018
Sexo
Personas activas
Personas ocupadas
Personas en paro
Tasa de actividad
Tasa de paro
Hombres
12.206,510.532,01.674,664,55%13,72%Mujeres
Total
10.600,322.806,8
8.795,719.327,7
1.804,53.479,1
53,06%58,65%
17,02%15,25%
La Tasa de Paro en media anual se sitúa en el 15,25% en 2018, lo que supone que la Tasa de Paro
descendió en casi 2 puntos respecto a la media de 2017, que era del 17,22%.
El número de activos medios en 2018 aumenta en 65.100 personas (0,29%) respecto al año anterior,
situándose en 22.806.800 personas. La tasa de actividad baja 18 centésimas y se sitúa en el 58,65%.
12<índice>Evolución de la población activa, el paro y la tasa de paro.
Gráfico 1. Paro. Cifra media anual.
7.000,00
Ambos sexosHombres
Mujeres
6.000,00
5.000,00
4.000,00
3.000,00
2.000,00
1.000,00
0,00
20182017201620152014201320122011Gráfico 2
Tasa de paro. Cifra media anual.30,00%
Ambos sexosHombres
Mujeres
25,00%
20,00%
15,00%
10,00%
5,00%
0,00%
20182017201620152014201320122011Gráfico 3.
Población activa. Cifra media anual.25.000,00
Ambos sexosHombres
Mujeres
20.000,00
15.000,00
10.000,00
5.000,00
0,00
20182017201620152014201320122011
13<índice>La evolución de la Tasa de Paro de Larga Duración, en media anual, en los últimos cinco años, ha sido
la siguiente:
Tabla 2.- Evolución de la tasa de paro de larga duración en media anual
Año
PLDPoblación activaTasa PLD2018
1.705.50022.806.8007,48%2017
2.060.00022.741.7009,06%2016
2.566.10022.822.70011,24%2015
2014
3.076.10022.922.00013,42%3.466.000
22.954.60015,10%La Tasa de Paro de Larga Duración (TPLD) pasó en el último año –en media anual- del 9,06% al
7,48%, disminuyendo en 1,58 puntos porcentuales.
Datos administrativos de los registros de los Servicios Públicos de Empleo.
En las oficinas de los Servicios Públicos de Empleo figuraban a diciembre 2018, 1.299.241 personas
inscritas como demandantes de empleo, en situación de Paro de Larga Duración. De ellas, el 35,81%
eran hombres y el 64,19% mujeres. El 34,5% tenía una antigüedad de búsqueda de empleo entre 12 y
23 meses y el 65,5% restante llevaban 24 meses o más buscando empleo.
Tabla 3.- Número de PLD por tramos de edad, sexo y tiempo de inscripción en demanda de empleo
Edad/Tpto dte
empleo/sexo
Entre 12 y 23 meses24 o más mesesTotal PLDHombres Mujeres
TotalHombres MujeresTotalHombres MujeresTotal<25 años
9.37110.80620.1775.0856.57611.66114.45617.38231.838Entre 25 y 29
años
9.91619.16229.0788.05914.51122.57017.97533.67351.648Entre 30 y 44
años
44.933103.065147.99848.863125.607174.47093.796228.672322.468>=45 años
102.078148.935251.013236.927405.347642.274339.005554.282893.287Total
166.298281.968448.266298.934552.041850.975465.232834.0091.299.241Este descenso de la TPLD, aunque positivo, necesita de una serie de acciones extraordinarias para
situarla en unas cifras que nos acerquen a la media de la Unión Europea, que en el Tercer Trimestre de
2018 tenía un 2,8% de TPLD sobre Población Activa. Ello significaría conseguir la reincorporación al
mercado de trabajo de entre 450.000 y 500.000 personas paradas de larga duración en el plazo de
tres años, reduciendo en torno al 40 % el número de personas paradas de este colectivo, lo que
situaría a España con alrededor del 4,3 % de TPLD al finalizar el año 2021.
El mercado laboral español tiene algunas particularidades a las que son especialmente sensibles
los colectivos más vulnerables. Y así, nos encontramos con una oferta de profesionales en el mercado
laboral que está altamente cualificada o muy poco cualificada. Esta dualidad formativa, característica
del sistema educativo español, provoca fuertes desajustes en el mercado de trabajo, al tener ofertas de
empleo con perfiles técnicos que no pueden cubrirse por falta de profesionales especializados que, o no
tienen el perfil adecuado a la oferta, o no tienen suficiente cualificación. Esta dualidad se ve reforzada
por el desigual acceso a las redes de información y oportunidades del sistema educativo que facilitan el
empleo de calidad.
14<índice>Por ello resulta de especial importancia continuar avanzando en la identificación de las competencias
técnico profesionales y transversales demandadas por el mercado laboral, ser capaces de anticiparlas
y traducirlas a necesidades formativas y especialidades formativas para cubrir estas necesidades
competenciales, a través de la correspondientes iniciativas de formación profesional para el empleo, así
como reforzar los vínculos entre las administraciones educativas y laborales, en línea con lo planteado
en el marco del Consejo General de la Formación Profesional y los grupos de trabajo constituidos en su
seno.
Por otro lado, el marco legal actual favorece la temporalidad. Las sucesivas reformas laborales han
generado diversas opciones de contratación temporal que han convertido estos contratos en una de
las variables más utilizadas para el ajuste empresarial. Además, la inexistencia de regulación adecuada
ha posibilitado que se desarrollen modelos de subempleo encubierto (becarios o “falsos autónomos”,
entre otros) que dificultan la transformación del modelo productivo y dificultan acceder y mantenerse en
igualdad de condiciones dentro del mercado de trabajo.
Tras la crisis, se ha acentuado la terciarización de la economía, siendo preocupante no ya el crecimiento
del sector servicios, que es común a muchas economías occidentales en el mundo globalizado, sino que
se haya centrado en gran medida en actividades de bajo valor añadido que, en demasiadas ocasiones,
se acompaña de unas relaciones laborales que condicionan la calidad del empleo.
En nuestro mercado de trabajo, con excesiva frecuencia, se contrata mano de obra para puestos de
trabajo de baja cualificación, empleos que resultan fácilmente sustituibles y de bajo coste, aunque la
prestación laboral la ejercen, en muchos casos, personas con mayor competencia profesional y que
durante la relación laboral desarrollan, finalmente, tareas de mayor cualificación. Por otra parte, la
temporalidad y la rotación facilitan a las empresas el ajuste cíclico, convirtiéndose en mecanismos para
la reestructuración empresarial.
Por otro lado, según los últimos datos disponibles de la ‘Encuesta de Empleo del Tiempo (EET)’,
elaborada por el INE, las mujeres dedican más tiempo al cuidado del hogar y la familia que los hombres.
El disfrute de excedencias, bien para el cuidado de familiares, bien para el cuidado de hijos o hijas,
15<índice>recae de manera mayoritaria en las mujeres. Este desigual reparto de responsabilidades domésticas
y de cuidados y las limitaciones que genera para el progreso laboral de las mujeres es un factor muy
importante que combatir para facilitar su acceso y permanencia en el mercado laboral, incorporando
mejoras de las condiciones laborales, la consecución de empleos de más calidad y la eliminación tanto
de la segregación horizontal como vertical, lo que contribuirá a reducir la brecha salarial por razón de
género, actualmente existente. Asimismo, se puede contribuir a corregir esa situación con la realización
de actividades de concienciación dirigidas a fomentar la corresponsabilidad en el ámbito doméstico y de
cuidados a la familia, así como disponer de servicios asequibles y suficientes para la atención a menores
y personas dependientes.
Tal y como se señala en el capítulo 1 de este Plan es necesario elaborar un nuevo Estatuto de los
Trabajadores y Trabajadoras para el siglo XXI, capaz de dar repuesta normativa para establecer
un marco regulatorio integral, coherente y equilibrado que permita superar estas situaciones y dar
respuesta a las nuevas necesidades y realidades.
En la encuesta del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) ‘Percepción de los principales
problemas de España’, en las series de los últimos 10 años, destaca el paro, con gran diferencia, como
el problema identificado en primer lugar.
Esta evidencia, más allá de la puesta en marcha de políticas económicas y fiscales que favorezcan un
crecimiento sostenible y generador de empleo de calidad junto a las políticas activas de empleo que mejoran
la empleabilidad de las personas trabajadoras, y la promoción económica de las empresas, incidirán
en la reducción del desempleo y de medidas de protección social para las personas desempleadas,
se debe generar otra dimensión política orientada a promover una ciudadanía activa, implicada en la
identificación del problema y la puesta en marcha de soluciones; en el desarrollo de actuaciones locales
y comunitarias, que garanticen una sociedad más inclusiva basada en un enfoque de derechos.
La urgencia, determinada por el incremento del desempleo durante la última recesión económica, priorizó
la atención de los Servicios Públicos de Empleo en actuaciones paliativas y asistenciales, relegando a un
plano secundario acciones de carácter preventivo y de promoción. En nuestro modelo social actual, prima
la atención individual, frente a otros tipos de actuaciones grupales o comunitarias que incentivan una
ciudadanía más activa, la organización local y la autoorganización de las propias personas desempleadas.
Como Gobierno, tenemos la obligación de avanzar en una gestión más garantista y eficiente de la relación
entre las personas, las empresas y el empleo. Debemos asegurar una respuesta eficaz a “las transiciones
profesionales” de las personas entre empleos diversos, situaciones diversas de empleo y entre empleo y
desempleo. Se trata de hacer realidad el discurso de que “las personas son lo más importante en y para
el sistema laboral y productivo”.
Pero hay que conseguir que todo esto ocurra garantizando a la vez el derecho de las personas a un trabajo
digno y suficientemente retribuido, para lo que es imprescindible adaptar las actuales herramientas y
recursos disponibles que hagan realidad este principio constitucional.
Queremos crear las condiciones para asegurar que las personas realizan sus transiciones profesionales
con garantías y en el más corto periodo de tiempo posible y, sabemos que, entre otras medidas, es
necesario incidir en la formación profesional a lo largo de toda la vida, y su puesta al día mediante el
necesario reciclaje y cualificación profesional.
Que las personas pasen largos periodos de tiempo sin empleo, con la consecuente cronificación del
paro, es un fracaso social, laboral, productivo y económico. En todo caso, a la vez que se persigue la
eficiencia en la transición profesional de las personas, es preciso garantizar una renta suficiente para
aquellas personas que sufren una demora involuntaria en su retorno al mercado laboral.
Las medidas adoptadas por el Gobierno tienen como objetivo la lucha contra la precariedad, el
paro y la pobreza laboral, situación que el Gobierno de España quiere contribuir a revertir con las
modificaciones normativas adoptadas y también con este PLAN REINCORPORA-T, dirigido al empleo de
las personas desempleadas de larga duración.
16<índice>2.1. Políticas activas de empleo en la Unión Europea
dirigidas a las personas paradas de larga duración y
colectivos vulnerables ante el empleo
En la Unión Europea (UE) el número de personas PLD ha descendido sustancialmente desde un máximo
de 12,3 millones alcanzado en 2013 hasta los 6,9 millones del tercer trimestre de 2018. En España, en el
mismo periodo se ha pasado de 3,0 millones a 1,4 millones de personas PLD; de una Tasa de Paro de
Larga Duración (TPLD) del 13,0% al 6,1%. Aun así, España queda lejos de la TPLD media de la UE: el
2,8% en el Tercer Trimestre de 2018.
El combate contra el paro de larga duración es una de las mayores prioridades de la UE en materia de
empleo. Los estados miembros están aplicando Políticas Activas de Empleo tanto para personas PLD
como para los colectivos vulnerables ante el empleo, que presentan unas características similares. La
preocupación por buscar soluciones a un problema social, económico y laboral de primera magnitud
se refleja en las diferentes menciones y recomendaciones de los organismos internacionales sobre el
tratamiento a dar a las personas PLD. Entre otras:
• Country Report de la Comisión 2018 (marzo 2018)
• Borrador Country Report de la Comisión 2019
• Recomendaciones Específicas de País (CSRs) 2018 (junio 2018)
• Economic Survey Spain 2018, OCDE (noviembre 2018)
• Informe del Art. IV e Informe sobre Movilidad Laboral Regional, FMI (noviembre 2018)
17<índice>En España, al igual que en otros países de la UE, la elevada tasa de desempleo de larga duración
puede estar erosionando las habilidades y reduciendo la integración social. Los desempleados de larga
duración tienden a tener más edad, menos formación y menos experiencia laboral.
Las políticas activas de empleo adaptadas a cada situación han demostrado ser la medida más eficiente
a la hora de superar las barreras que obstaculizan la reincorporación laboral de personas en paro de larga
duración. Es necesario reforzar las medidas de activación dirigidas al colectivo PLD con el objetivo de que
sean efectivas, lo que dependerá de los servicios públicos de empleo de las CC.AA. y de su capacidad
y coordinación con los empleadores y con los servicios sociales para prestar apoyo personalizado a
demandantes de empleo. Es preciso mejorar la coordinación entre los servicios sociales y de empleo,
como ya se está haciendo por parte de algunas CC.AA.
También es importante garantizar que los servicios sociales y de empleo tengan capacidad para apoyar
eficazmente a los demandantes de empleo, en particular a través de una mejor cooperación con los
empresarios. Hay margen para una mayor cooperación con las empresas, aumentando el porcentaje
de puestos vacantes gestionados por los servicios de empleo, mejorando la elaboración de perfiles
de las personas demandantes de empleo y la correspondencia con las necesidades de las empresas,
detectadas con su colaboración y la de las organizaciones empresariales
La mejora en la atención a las personas en situación de PLD pasa también por fomentar la colaboración
de los servicios públicos de empleo con las agencias de empleo, mediante programas dirigidos
específicamente a las personas PLD y a los colectivos especialmente vulnerables ante el empleo. Como
sería también conveniente mejorar la coordinación regional de las políticas de mercado de trabajo en sus
aspectos sociales y laborales, así como impulsar la movilidad territorial.
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO SOBRE LA INTEGRACIÓN DE LOS PLD EN EL
MERCADO LABORAL
El Consejo de la Unión Europea adoptó en febrero de 2016, a propuesta de la Comisión, una recomendación
sobre la integración de las personas PLD en el mercado de trabajo, señalando los siguientes objetivos
específicos:
1. Potenciar la inscripción y soporte activo de las personas PLD y una mayor orientación hacia el
mercado de trabajo de las medidas de integración a través, entre otras, de una relación más
estrecha con los empleadores.
2. Asegurar la continuidad y coordinación entre los servicios relevantes para las personas PLD.
3. Aumentar la efectividad de las intervenciones dirigidas tanto a las personas PLD como a los
empleadores.
Además, la Recomendación establece que todos los demandantes de empleo registrados en los servicios
públicos de empleo que hayan estado sin trabajo 12 meses o más reciban, antes de llegar a los 18 meses
de desempleo, una evaluación individual de sus necesidades y potencial y, en base a esta evaluación,
reciban una propuesta de integración laboral que les ofrezca un plan concreto y personalizado para
obtener un empleo e integrarse en el mercado laboral.
LAS MEJORES PRÁCTICAS DE POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO PARA LAS PERSONAS
PLD EN LA UNIÓN EUROPEA
Medidas de orientación y apoyo en la búsqueda de empleo
Las medidas de orientación y apoyo en la búsqueda de empleo son el primer paso para lograr la
integración laboral de los desempleados. En el caso de las personas PLD (o de otros grupos vulnerables
o con dificultades de acceso al mercado laboral) son especialmente importantes, ya que a menudo
se trata de personas que, antes de poder incorporarse a un trabajo, necesitan apoyo para mejorar su
18<índice>empleabilidad, poner al día sus competencias y conocimientos, mejorar sus métodos de búsqueda de
empleo y su presentación de cara a los empleadores, etc. Después de los incentivos al empleo, son el
tipo de medida más habitual.
A continuación, se destacan las características más relevantes por países:
Alemania. Contratación de 350 intermediadores para la inserción laboral y acordar un itinerario de
inserción individualizado, una asesoría individualizada que permite elaborar itinerarios individualizados
consolidados.
Austria. Prestaciones personalizadas a trabajadores que por diferentes motivos (deudas, migración,
prisión, etc.) no conectan con el mercado de trabajo.
Formación
La formación -incluyendo formación profesional y formación en competencias, formación en el lugar de
trabajo, e incentivos para la financiación de la formación de los trabajadores por parte de las empresas-,
es una política fundamental para mejorar la empleabilidad y actualizar las competencias de las
personas desempleadas, especialmente de las de larga duración, que a menudo han visto devaluadas
sus habilidades profesionales o deben adaptarse a un mercado de trabajo cambiante que demanda
especialización.
Austria. Ayudas para la formación y promoción profesional y para financiar los gastos de formación.
Están dirigidas a favorecer la contratación y asegurar el mantenimiento del empleo y para afrontar los
gastos directos relacionados con la formación (desplazamiento, alojamiento y manutención, etc.).
Portugal. Programa de prácticas laborales, con el objetivo de lograr el reciclaje profesional de los
desempleados a través del desarrollo de una experiencia práctica en el contexto del trabajo.
Dinamarca. Programa que combina incentivos a la contratación con fomento de la formación en el
empleo: se subvenciona la contratación temporal de personas PLD para sustituir a empleados de
baja cualificación que participan en formación continua. El objetivo es motivar a las empresas para
que formen a sus empleados con baja cualificación, al mismo tiempo que la persona PLD contratada
adquiere experiencia y contactos en un puesto de trabajo ordinario.
Incentivos al empleo
Los incentivos al empleo incluyen bonificaciones salariales o reducciones en la cotización a la Seguridad
Social, así como otras ayudas económicas para incentivar el empleo (ayudas en caso de desplazamiento
para acceder al empleo, prácticas profesionales, complementos salariales, etc.).
Irlanda. Incentivos monetarios (de 7.500 o 10.000 euros en un periodo de dos años) a los empresarios
por contratar personas desempleadas de larga duración.
Bélgica. Subsidio de trabajo durante un periodo máximo de 2 años, destinado a solicitantes de empleo
de larga duración, reducción de las cuotas sociales. El empleador puede deducirse el subsidio del salario
neto mensual del trabajador.
Suecia. Fomento de la contratación de personas PLD o de inmigrantes recién llegados, con una
subvención al salario. Es un contrato con un componente de formación profesional (15% del tiempo),
que se lleva a cabo en el propio centro de trabajo, asistido por un supervisor.
Dinamarca. Empleos privados o públicos con subvención salarial. El período máximo de duración de un
puesto con subvención salarial es de 6 meses en empresas privadas y 4 meses en empresas públicas.
Un desempleado en un puesto subvencionado no podrá sustituir a un empleado de la empresa, ya que
sólo puede desempeñar funciones extraordinarias.
19<índice>Empleo con apoyo y rehabilitación para personas con discapacidad
Este tipo de medidas incluyen incentivos al empleo para personas con discapacidad en el sector privado,
así como creación de empleo en el sector público o en el tercer sector para personas con discapacidad.
Es una medida poco frecuente, y específica para un colectivo (personas con discapacidad), si bien a
menudo en este colectivo se dan altas tasas de paro de larga duración.
Letonia. Empleo subsidiado para desempleados de grupos vulnerables. con apoyo económico de entre
12 y 24 meses. El objetivo es facilitar el desarrollo de lugares de trabajo sostenibles a largo plazo para
desempleados con baja productividad.
Creación directa de empleo
Este tipo de medida incluye la creación de puestos de trabajo en el sector público, en beneficio de la
comunidad o de interés social, con la finalidad de ocupar a personas PLD o personas con dificultades
de colocación, y servir como puente para acceder al mercado laboral. A menudo se utiliza para mejorar
la empleabilidad de los PLD y proveerles de competencias y experiencia para después poder encontrar
empleo en el sector privado.
Alemania. Proyecto piloto de empleo con subvenciones públicas: Su objetivo es acercar a las personas
PLD a los requisitos del mercado de trabajo regular y mejorar de esta manera sus oportunidades laborales.
Se basa en un proceso selectivo muy riguroso de los participantes, centrándose en desempleados con
especiales dificultades para acceder al mercado de trabajo por tener una discapacidad, tener un nivel de
formación muy bajo o más de 50 años de edad. Para el éxito del Proyecto ha sido decisivo el hecho de
que se hubiera previsto desde un inicio una tutoría individualizada.
Austria. Proyectos de empleo socioeconómico a través de instituciones del mercado de trabajo paralelo
y empresas creadas por instituciones de utilidad pública donde se combinan aspectos económicos y de
política de empleo. Estas empresas ofrecen servicios o fabrican productos que demanda el mercado.
Incentivos al autoempleo y la creación de empresas
Estas son actuaciones dirigidas a promover el espíritu empresarial por parte de desempleados. Son muy
poco habituales en la atención a personas PLD.
Suecia. Programa de Empleo y Desarrollo que combina distintas actividades, desde orientación
(búsqueda de empleo con un tutor), formación (prácticas y entrenamiento laboral, formación orientada
al mercado de trabajo), hasta ayudas para iniciar una empresa propia. Está dirigida a las personas PLD,
con incentivos diseñados individualmente con el objetivo de que el parado reciba una oferta de empleo
o comience estudios regulares lo más rápido posible.
20<índice>03
Objetivos
Los objetivos del PLAN REINCORPORA-T, dirigido a las personas en situación de desempleo de larga
duración y a las especialmente vulnerables ante el empleo, son:
1. Reducir significativamente la tasa de paro entre los desempleados de larga duración, con especial
atención a los colectivos más vulnerables, en el menor tiempo posible y con la mayor optimización
de los recursos puestos a disposición del Plan.
2. Priorizar el principio de la “dignidad del trabajo”, estableciendo un marco legal que contribuya a
la creación de “empleo decente” y que haga posible el desarrollo de una “vida laboral” completa,
con la reducción de los periodos de desempleo e inactividad laboral.
3. Hacer protagonistas a las personas PLD y aquellas que tienen especiales dificultades para acceder
al empleo en su proceso de reincorporación laboral y mantenimiento del empleo.
4. Actualizar las competencias profesionales y tecnológicas para el empleo.
5. Contribuir a favorecer el desarrollo de un nuevo modelo económico basado en la sostenibilidad
social y ambiental, la productividad y el valor añadido, que favorezca el crecimiento económico y
la cohesión social.
6. Impulsar la continuidad del acompañamiento en las distintas transiciones de entrada y salida del
mercado de trabajo para las personas vulnerables ante el empleo.
7. Prestar una atención adecuada e individualizada dotando a los Servicios Públicos de Empleo
de los medios y recursos necesarios y favoreciendo la colaboración entre los agentes de la
Intermediación Laboral y los Servicios Sociales.
8. Reducir hasta eliminar la segregación horizontal y vertical y la brecha salarial por razón de género,
para lo que es necesario desarrollar una formación específica en igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres para eliminar sesgos de género.
9. Atender de manera especializada e individualizada a colectivos especialmente vulnerables
(migrantes, mujeres, personas de baja cualificación, personas con discapacidad, etc.).
10. Combatir el efecto desánimo de las personas PLD y de las personas inactivas que no buscan
empleo porque creen que no lo van a encontrar, interrumpiendo con ello los círculos viciosos de la
exclusión, entre los que se encuentra la convicción personal de la propia inempleabilidad.
21<índice>A través de este PLAN, el Gobierno quiere:
• Realizar una apuesta por el crecimiento inteligente, sostenible e integrador recogido en la ‘Estrategia
Europa 2020’, considerando y reconociendo, a través de las políticas activas de empleo, el potencial
laboral de la población activa que queda relegada a situaciones de paro de larga duración o de
precariedad laboral.
• Establecer mecanismos eficientes para la reincorporación al mercado de trabajo de las personas
en situación de paro de larga duración que, por diferentes circunstancias, como reestructuraciones
empresariales, cambios en el propio mercado de trabajo o como consecuencia de la incorporación
de nuevas tecnologías e innovaciones a los procesos productivos, se encuentran con fuertes
barreras de acceso a un nuevo empleo.
• Integrar en el mercado de trabajo a las personas excluidas y especialmente vulnerables, como
parte de la lucha contra la exclusión social y el empobrecimiento de los hogares.
• Mejorar los diagnósticos de empleabilidad, de identificación y caracterización de situaciones de
vulnerabilidad ante el empleo, para ofrecer el apoyo adecuado en recursos y necesidades de
atención a cada persona desempleada partícipe del PLAN, así como facilitar en determinados
casos la decisión personal de continuar en el mercado de trabajo o abandonarlo definitivamente
por jubilación.
Para ello, entre otras medidas, se trabajará en:
• La revisión y mejora del modelo asistencial de los Servicios Públicos de Empleo, especialmente de
las estrategias y servicios de acompañamiento a las personas desempleadas.
• El establecimiento de una acción coordinada con los servicios sociales, formativos, agentes y
entidades sociales y la participación de forma activa a través de las redes de integración socio
laboral que tenga o pueda crear cada Comunidad Autónoma, así como de la ‘Red de Inclusión
Social (RIS)’.
• La mejora de la protección social a las personas desempleadas, particularmente con la recuperación
del subsidio de mayores de 52 años ya vigente y la articulación del nuevo modelo de protección
por desempleo de nivel asistencial destinado a personas desempleadas actualmente en estudio
para su elaboración y el impulso al componente de mejora de la empleabilidad asociado a estos
subsidios que facilite la inserción de sus beneficiarios en el mercado de trabajo.
Se ha facilitado, con la medida adoptada con la modificación del subsidio de desempleo a mayores de
52 años, el que las personas puedan mantenerse en el mercado de trabajo, aunque ya puedan jubilarse
como despedidos.
3.1. Objetivos cuantitativos
El Objetivo cuantitativo del PLAN REINCORPORA-T es reducir el número de personas afectadas por el
paro de larga duración.
1. Reducir la Tasa de Paro de Larga Duración (TPLD) sobre Población Activa en 2,5 puntos porcentuales
(p.p.), pasando del 6,8% del cuarto trimestre de 2018 al 4,3% en el Cuarto Trimestre de 2021.
Para lograrlo se fijaría como objetivo cuantitativo global que el PLD entre las personas de 30 o más
años, que en el cuarto trimestre de 2018 se situaba en 1.272.100, se redujera en 422.100 hasta situarse
en 850.000 personas en el cuarto trimestre de 2021, en el que se prevé que la población activa de España
alcance las 23.500.000 personas, creciendo en 631.200 personas desde su valor actual.
Para alcanzar dicho objetivo habría que rebajar la cifra de PLD en una media de 140.700 personas al
año, en términos netos, por cada 1 de los 3años de vigencia del PLAN REINCORPORA-T: 422.100 PLD
menos.
22<índice>Ello significaría atender, al menos, a 600.000 PLD durante los 3 años de vigencia del PLAN, 200.000 PLD
anuales, y conseguir que hayan tenido al menos una ocupación, por cuenta ajena o por cuenta propia,
durante el periodo de vigencia del PLAN.
2. Reducir a la mitad la actual brecha de género entre hombres y mujeres en PLD. En el 4T 2018,
entre las mujeres de 30 años o más las mujeres eran el 55,8% del PLD y los hombres el 44,2% 11,6 p.p.
de diferencia. Se pasaría de 11,6 p.p. a 5,3 p.p. de diferencia. Lo que supondría que para el colectivo
mencionado en el 4T-2021 las mujeres representarían el 52,9% del PLD (449.600, con una reducción de
259.700 PLD) y los hombres el 47,1% (400.300, con una reducción de 162.800 PLD).
3. Disminuir en 12 p.p. la actual diferencia entre los PLD de 24 meses en adelante en demanda de
empleo y los PLD de 12 a 23 meses en demanda de empleo. En el 4T 2018, los PLD de 24 y más meses
eran el 66% de los PLD y los PLD de 12-23 meses el 34%, 32 p.p. de diferencia. Se pasaría de 32 p.p. a
20 p.p. de diferencia. Lo que supondría que en el 4T-2021 los PLD de 24 y más meses serían el 60% de
los PLD (510.000, con una reducción de 361.819 PLD) y los PLD de 12 a 23 meses el 40% (340.000, con
una reducción de 114.017 PLD).
4. Disminuir la actual diferencia de PLD entre grupos de edad. Según consta en los registros de los
Servicios Púbicos de Empleo de España, en diciembre de 2018 se encontraban inscritas un total de
1.325.836 personas en situación de PLD. De ellas, las personas menores de 30 años suponían el 6%
del total, las de edades comprendidas entre los 30 y los 44 años el 25%, y las de 45 años y más el 69%.
El objetivo es reducir en un 25% la diferencia entre estos dos últimos grupos lo que supondría que, al
finalizar el PLAN, las personas en situación de PLD con edades comprendidas entre los 30 y 44 años
supondrían el 30% del total, y las personas de 45 años o más el 63%, todo ello en un escenario de
previsible reducción del paro registrado de manera acompasada a la evolución del paro medido por la
EPA en los años 2019, 2020 y 2021.
3.2. Algunas medidas tendentes a lograr en cantidad,
calidad y eficacia los Objetivos cuantitativos previstos de
reducción del Paro de Larga Duración
1. Plantear acciones especiales para colectivos de difícil inserción dentro del PLD. Se prestará
atención específica a colectivos de difícil inserción laboral tales como:
Personas paradas de muy larga duración. Según la ‘EPA. Variables de Submuestra’, de
las 3.916.900 personas paradas de media en 2017, el 90,20% (3.533.200) había trabajado
anteriormente, y el 28,3% (1.001.600) de aquéllas había dejado su empleo hacía tres años o más.
Personas con discapacidad y/o en exclusión social.
Mujeres víctimas de violencia de género.
2. Personas Paradas de Larga Duración mayores de 45 años. Alcanzar acuerdos con los Gobiernos
y las Administraciones Públicas a todos los niveles, para incluir cláusulas de carácter social en
los Contratos del Sector Público que garanticen la contratación de entre un 5% y un 10% de
desempleados PLD de 45 años y más, en los proyectos e iniciativas que lleven a cabo.
3. Personas Paradas de Larga Duración y mejora de su empleabilidad. Poner los medios
necesarios para que al menos un 10% de las personas PLD mejoren su empleabilidad mediante
la mejora de sus competencias digitales y un 15% mediante la mejora de sus competencias
básicas, obteniendo, al menos, un certificado profesional de Nivel 1.
4. Reforzar la protección económica frente al desempleo de las personas PLD. Es muy importante
que las personas PLD cuenten con una protección económica que las ayude a afrontar en mejores
condiciones la búsqueda de empleo para su reincorporación al mercado de trabajo. Según el
23<índice>SEPE en su ‘Estadística de Paro Registrado’, en noviembre de 2018 el paro registrado se situó
en 3.252.867 personas de las que 1.844.843 (56,7%) percibieron algún tipo de prestación por
desempleo, y la prestación contributiva solo era percibida por 790.974 personas (el 24,3% del Paro
Registrado). En este sentido la recuperación por el Gobierno del subsidio para desempleados
mayores de 52 años, que afectará a cerca de 115.000 desempleados, se mueve en esa
dirección. Además, se avanzará en un nuevo modelo de protección económica por desempleo en
el nivel asistencial, para ampliar el colectivo protegido de PLD, actualmente en estudio para su
elaboración. En este sentido se trabajará para que las rentas garantizadas que puedan aprobar
las Comunidades Autónomas sean compatibles con los subsidios de desempleo de manera que
puedan completar la protección económica por desempleo a nivel asistencial.
5. Prevenir que las personas no lleguen a ser PLD. Una de las medidas más efectivas para evitar
el PLD es la atención inmediata a las personas afectadas por despidos colectivos como resultado
de los procesos de reestructuración de las empresas. Estas personas, en un elevado porcentaje,
más del 50%, tienen 45 y más años de edad y atesoran sobrada experiencia laboral y profesional.
Se trataría de que todos los trabajadores desvinculados definitivamente de su empresa, de
manera voluntaria o forzosa, como consecuencia de un ERE sean asistidos inmediatamente
en la búsqueda de una nueva ocupación mediante un Plan de Recolocación Externa (PREX)
llevado a cabo por una Empresa de Recolocación autorizada. Los Servicios Públicos de Empleo
realizarían el seguimiento y control de esta medida que se ligaría a la firma del ‘Compromiso de
Actividad’ por el trabajador despedido. Se estudiará ampliar esta protección a los trabajadores
de 45 y más años despedidos, independientemente del tamaño de la empresa y de si su despido
se produjo o no en el marco de un ERE.
3.3. Objetivos relativos a la mejora de la situación de
empleo de los PLD y otras personas en situación de
vulnerabilidad ante el empleo
El PLAN recoge también otra tipología de objetivos orientados a mejorar la situación de empleo de las
personas PLD y de otras personas especialmente vulnerables ante el empleo. Para conseguir:
• Una estabilidad y calidad del empleo para las personas que provienen de desempleo de larga
duración.
• La reducción de la duración del tiempo en desempleo y de inactividad para personas especialmente
vulnerables ante el empleo.
• Que las transiciones profesionales entre empleo y empleo o entre paro y ocupación, se produzcan
en los 6 a 12 primeros meses de desempleo, especialmente para los mayores de 45 años, mujeres
y otros grupos vulnerables ante el empleo.
• Aumentar el alcance en la atención por los Servicios Públicos de Empleo a la población especialmente
vulnerable ante el empleo.
• Realizar un seguimiento de las entradas en el SISPE de las personas previamente inactivas y
analizar su evolución en el Sistema.
• Conocer la evolución de las personas que dejan de estar inscritas en el Sistema desde situaciones
de PLD.
• Identificar y divulgar como buenas prácticas las actuaciones de los Servicios Públicos de Empleo
con resultados de inserción laboral para PLD.
• Aumentar la satisfacción de las personas PLD con los Servicios Públicos de Empleo.
• Aumentar la satisfacción general de los empresarios y otras entidades colaboradoras con los
Servicios Públicos de Empleo.
24<índice>3.4. Objetivos específicos relativos a la valoración
cuantitativa de los elementos catalizadores del
rendimiento del ‘Sistema SEPE’
El SEPE, para garantizar el cumplimiento de los objetivos y metas definidas, deberá impulsar medidas
que permitan:
• Optimizar e innovar en los modelos de atención de los Servicios Públicos de Empleo.
• Mejorar los procesos para una canalización/perfilado eficiente de los solicitantes de empleo.
• Propiciar el uso a medida de los instrumentos de las políticas activas de empleo.
• Mejorar los procesos de acompañamiento individualizado, impulsar los procesos grupales, la
activación sostenible y la gestión de transiciones profesionales en el mercado de trabajo.
• Favorecer la participación de empresas y entidades especializadas, colaboradoras de los Servicios
Públicos de Empleo, en la recolocación de estos colectivos.
• Impulsar programas de intervención temprana para el apoyo en la recolocación de los profesionales
que se inscriben en las oficinas de empleo como demandantes de empleo, y cuyas características
hagan pensar que podría considerarse un profesional con mayor riesgo de vulnerabilidad y de
acabar siendo PLD.
• Favorecer los marcos de colaboración con los servicios sociales y con entidades colaboradoras en
el sistema de empleo.
• Facilitar las relaciones con los empleadores y otros agentes colaboradores del Sistema Nacional de
Empleo, mediante instrumentos eficaces de prospección.
• Analizar las buenas prácticas en políticas activas de empleo para PLD, colectivos específicos y
ámbito rural, a través de entidades y organizaciones especializadas en la atención a estos colectivos.
• Impulsar un plan para optimizar la digitalización de datos de las personas inscritas y la gestión de
las ofertas de empleo.
25<índice>04
Principios rectores
Constituyen los principios rectores del PLAN REINCORPORA-T para PLD y personas vulnerables ante
el empleo:
1. Fomentar y actualizar competencias profesionales, tecnológicas y de emprendimiento en sectores
más demandados por el mercado, así como en sectores y actividades de interés preferente.
2. Combatir las situaciones de desánimo y de inactividad producidas por el desempleo de larga
duración, en colaboración con los servicios sociales y otras entidades colaboradoras.
3. Garantizar la igualdad real y efectiva de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y por
cualquier otra circunstancia de índole personal o social que dificulte el acceso al mercado de
trabajo en condiciones de equidad.
4. Impulsar actuaciones para conseguir un mercado de trabajo que ofrezca derechos, estabilidad y
promoción laboral, que elimine las desigualdades de género y que contribuyan, además, a una
mayor equidad territorial.
5. Mejorar la gestión asistencial y la intermediación laboral desde los servicios de empleo, tanto de
los servicios públicos como de los agentes y entidades colaboradoras.
6. Garantizar la posibilidad de una atención y un proceso de acompañamiento individualizado
basado en la autodeterminación de cada persona desempleada, desarrollando y consolidando en
los Servicios Públicos de Empleo, una red de personas técnicas responsables de la orientación y
prospección que vinculen herramientas, programas y medidas de soporte para ello, proporcionando
una ventanilla única con diferentes instituciones y entidades.
7. Adecuar y especializar la atención a los diferentes perfiles de desempleados en situación de
vulnerabilidad ante el mercado de trabajo, personalizando el seguimiento, apoyando en las
transiciones laborales y a las particularidades de género, de colectivo específico, así como las
propias de su actividad sectorial y territorial.
8. Adecuar y especializar la atención para los procesos en el ámbito rural y de desarrollo de la
economía social.
9. Estimular y facilitar las transiciones de las situaciones de desempleo laboral a la incorporación
activa y viceversa. Agilizar los trámites administrativos y reducir los tiempos de espera que, en
determinadas situaciones, desmotivan opciones laborales.
10. Estimular los procedimientos de atención individual y grupal en los procesos de regulación de
empleo, a través de instrumentos de políticas activas de empleo como los Planes de Recolocación
Externa, estableciendo una regulación adecuada que facilite su desarrollo en términos de precios,
y prestaciones, con el consiguiente seguimiento y control de sus resultados.
11. Fomentar la seguridad legal y física del entorno laboral.
12. Promover el autoempleo y el emprendimiento como alternativa laboral, con estructuras de soporte
y acompañamiento desde los Servicios Públicos de Empleo.
13. Impulsar y promover la colaboración entre los interlocutores sociales, la Administración General
del Estado, las Comunidades Autónomas y entidades colaboradoras, especialmente en el ámbito
de empleo y servicios sociales.
26<índice>14. Impulsar la colaboración entre los distintos organismos públicos, con competencias en materia
de empleo, y los centros de referencia nacional, las entidades de formación en competencias
profesionales y las universidades, facilitando los procesos de reciclaje profesional y la adquisición
de competencias profesionales.
15. Fomentar el compromiso y la participación de las empresas en el PLAN REINCORPORA-T.
16. Reforzar la protección social de las personas en situación de PLD, esencialmente a través del
subsidio para mayores de 52 años y del nuevo modelo de protección por desempleo en el nivel
asistencial, actualmente en estudio para su elaboración.
27<índice>05
Ejes de actuación
Para la consecución de los objetivos anteriormente señalados y con esta perspectiva de carácter integral
y sistemático de las medidas contempladas, el PLAN REINCORPORA-T se articula en seis ejes en línea
con lo establecido en el artículo 10 del ‘Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo’, que remite a la ‘Estrategia Española de Activación
para el Empleo 2017-2020’, aprobada por Real Decreto 1032/2017, de 15 de diciembre. Estos ejes son:
5.1
Eje 1: Orientación.5.2
Eje 2: Formación.5.3
Eje 3: Oportunidades de empleo.5.4
Eje 4: Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo.5.5
Eje 5: Emprendimiento.5.6
Eje 6: Mejora del marco institucional.5.1. Eje 1 Orientación
Comprende las actuaciones de acogida, información, orientación profesional, motivación, asesoramiento,
diagnóstico y determinación del perfil profesional y de competencias, diseño y gestión de itinerarios
formativos, búsqueda de empleo, intermediación laboral, las actuaciones de apoyo a la inserción de las
personas beneficiarias y seguimiento en los periodos de transición de una situación de empleo a otra de
desempleo.
Para alcanzar el objetivo de la orientación en el conjunto de los desempleados de larga duración, se
incluyen varias medidas dirigidas a la mejora del sistema de servicios para el acompañamiento, la
empleabilidad y la mejora de las posibilidades para conseguir la inserción laboral.
En esta fase inicial de atención, se integrará una dimensión predictiva de la situación de empleo a 12
meses, como variable estratégica que oriente la intensidad y tipología de atención y servicios ofrecidos
a cada demandante de empleo. A lo anterior ayudará contar con un diagnóstico lo más actualizado y
certero de la situación del mercado de trabajo y las necesidades de competencias y cualificaciones que
éste demanda. Para ello, la elaboración del “Informe del Mercado de Trabajo Estatal. Observatorio de
las Ocupaciones” que realiza anualmente el SEPE, estará abierto a la colaboración con los interlocutores
sociales que participan en el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, en cuyo ámbito se dará
conocimiento de dicho Informe según establece la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula
el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
El SEPE pondrá en marcha una herramienta de perfilado a disposición de los Servicios de Orientación de
los Servicios Públicos de Empleo, que así lo consideren, que facilite el diagnóstico de la empleabilidad de
cada uno de los demandantes de empleo, así como una primera indicación sobre los tipos de acciones
que serían más adecuadas y efectivas para conseguir una más temprana incorporación de la persona
desempleada al mercado de trabajo.
Los Servicios Públicos de Empleo, en el marco teórico de esta iniciativa podrán desarrollar las herramientas
de perfilado que consideren más adecuadas para la operatividad de sus competencias.
Las condiciones generales sobre los datos básicos que deberán aportar dichas herramientas de perfilado
podrán ser motivo de estudio en el seno de la Comisión de Coordinación y Seguimiento del SISPE.
28<índice>En todos los casos la necesidad de personalizar el proceso de atención a cada persona desempleada,
que además de facilitar servicios, facilite su proceso personal (acogida, motivación ante el empleo,
acompañamiento, empoderamiento y extensivo en el tiempo con independencia de las transiciones
laborales…), plantea una mejora e innovación del modelo asistencial de los actuales servicios de
empleo. Esta evolución en el modelo de atención, para poder ser un referente en los procesos de
acompañamiento y seguimiento de las personas desempleadas, implica un modelo de orientación por
competencias, así como:
• Un enfoque basado en derechos, desde la observancia del ‘Compromiso de Actividad’ suscrito por
la persona desempleada.
• El derecho a la atención individual y personalizada, con protección de información personal, y que
dinamice la autodeterminación de cada persona para estimular los procesos de cambio orientados
al mercado de trabajo.
• La garantía de continuidad en la atención por parte de los profesionales de referencia.
• La atención integral e integrada, además de coordinada con otras Administraciones, entidades y
profesionales, tomando las medidas necesarias para garantizar la continuidad y la identificación de
un punto de contacto único, encargado de prestar apoyo a las personas PLD inscritas, a través de
una oferta de servicios coordinados con los servicios sociales y de empleo disponibles.
• La necesidad de tomar decisiones basadas en la evidencia, que partan del cuestionamiento
de la importancia que tienen actualmente los Servicios Públicos de Empleo en la orientación y
acompañamiento de las personas desempleadas para su incorporación al mercado de trabajo y el
mantenimiento en el mismo.
29<índice>Este Eje 1 Orientación del Plan REINCORPORA-T comprende los siguientes objetivos y medidas:
OBJETIVO 1: ATENCIÓN PERSONALIZADA Y ACOMPAÑAMIENTO SOCIOLABORAL
Para el diagnóstico individualizado y la elaboración del perfil,
se propone la articulación de un sistema de acogida en los
Servicios Públicos de Empleo, previo a la asignación de un
orientador de referencia. Este sistema sería el encargado
de recibir a los nuevos demandantes de empleo (fase de
acogida e información)1, realizar una primera valoración de
la demanda (fase de exploración), de las características
individuales, sociales y profesionales del desempleado, con
especial identificación del/de los objetivo/s profesional/es de
la persona demandante.
El sistema de acogida, en la fase de cierre, tras la identificación de aspectos de fortalezas y de
vulnerabilidad ante el empleo, así como la apertura o actualización de la demanda de empleo, orientará
la motivación y necesidades de apoyo para la articulación de su itinerario de inserción.
En la valoración de la vulnerabilidad de una persona desempleada debe completarse la información
relativa a la situación de su hogar, relativa a los ingresos y tasa de actividad de su unidad de convivencia,
así como una estimación predictiva de la situación ante el empleo a doce meses.
El resultado esperado del sistema de acogida es encaminar las posteriores actuaciones ofrecidas desde
el Sistema Nacional de Empleo, tanto en la parte de recursos potencialmente necesarios, como en el
perfil del orientador de referencia más adecuado dentro de los Servicios Públicos de Empleo o de los
recursos sociolaborales de otras entidades colaboradoras, en función de las características de cada
persona desempleada y posibilidades de activación laboral. La valoración se materializará en el registro
en la demanda del servicio común SISPE diagnóstico individualizado y elaboración del perfil.
Durante esta fase previa, también será preciso considerar el apoyo al usuario, no solo de la figura de
orientación laboral de los Servicios Públicos de Empleo, sino también el contacto y la coordinación con
otros profesionales de los sistemas de Salud y/o Servicios Sociales, del sistema educativo (centros
educativos para personas adultas y otros recursos del sistema educativo) que den apoyo, con todos
los recursos disponibles, para cubrir las necesidades básicas de las personas beneficiarias del PLAN,
con la finalidad de que puedan poner el foco de atención en su formación y reciclaje profesional para la
reincorporación al mercado de trabajo.
Las personas destinatarias de esta medida son tanto aquellas personas con factores de especial
vulnerabilidad, como todas aquellas que forman parte de la definición de PLD recogida en este Plan
REINCORPORA-T.
El profesional de Orientación de referencia se encarga del diseño del ‘itinerario individual y personalizado de empleo’.
La tutorización del proceso de activación laboral debe
ser un servicio ofrecido a todas las personas desempleadas
en las que se identifiquen factores de vulnerabilidad ante
el empleo, sin esperar a la consolidación de situaciones de
desempleo de larga duración. Los itinerarios de empleo
deberán empoderar a cada participante desempleado con los
apoyos individualizados, el seguimiento y acompañamiento
en las transiciones laborales por el profesional de orientación
de referencia.
1 Según el desarrollo de la actividad del “Diagnóstico individualizado y elaboración del perfil” de la Cartera Común de Servicios
del Sistema Nacional de Empleo. (Orden ESS/381/2018)
MEDIDA 1
METODOLOGÍA DE ATENCIÓN
INDIVIDUALIZADA. SERVICIO
DE ACOGIDA
MEDIDA 2
METODOLOGÍA DE
ATENCIÓN INDIVIDUALIZADA.
EL PROFESIONAL
DE ORIENTACIÓN DE
REFERENCIA.
30<índice>El resultado esperado es que, para las personas desempleadas que, por su situación de riesgo o
vulnerabilidad ante el mercado de trabajo, opten por un acompañamiento personalizado por los Servicios
Públicos de Empleo, encuentren en el profesional de orientación de referencia un recurso técnico para el
seguimiento y asesoramiento en su proceso de activación laboral y transiciones al mercado de trabajo.
Los apoyos individualizados y asesoramiento de referencia se podrán mantener en distintos momentos de
la vida laboral de la persona trabajadora. En este sentido, las actuaciones del profesional de orientación
facilitarán las cada vez más habituales transiciones de entradas y salidas del mercado de trabajo.
La identificación del profesional orientador de referencia debe ser un enclave que consolide y dé sentido
a las diferentes actuaciones y apoyos ofrecidos por el Sistema Público de Empleo y otras entidades
colaboradoras. Esa referencia debe mantenerse en las diferentes transiciones de la vida laboral. La
posibilidad de mantener la referencia de una persona técnica en los momentos de incorporación puede
aportar a los Servicios Públicos de Empleo una información relevante de las realidades laborales de los
sectores más vulnerables ante el empleo y de la precariedad laboral existente.
En la selección del profesional orientador de referencia, dentro del ámbito territorial de su Oficina de
Empleo, una vez consolidada la ‘Red de Orientación Profesional’ de los Servicios Públicos de Empleo,
se tendrán en cuenta los deseos de la persona desempleada.
Los Servicios Públicos de Empleo como administraciones competentes podrán establecer
acuerdos de colaboración u otros instrumentos de cooperación con las Entidades Locales con
el fin de garantizar que la atención personalizada alcance a todas las personas en paro de larga
duración y con carácter preventivo a aquellas con especial vulnerabilidad que están fuera del
Sistema Nacional de Empleo.
Por su parte el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y la Federación Española de
Municipios y Provincias formalizarán la firma de un Convenio o Acuerdo Marco para la divulgación
del Plan REINCORPORA-T, su impulso e implementación.
El ‘Itinerario Individual y Personalizado de Empleo (IPE)’,
debe guiarse por un criterio prioritario de activación laboral
y será necesaria la suscripción y firma de un acuerdo personal
de empleo entre el usuario y el Servicio Público de Empleo.
Este documento deberá recoger, entre otras cuestiones:
• La motivación y situación anímica de la persona ante el
proceso de búsqueda de empleo.
• El balance profesional y la identificación de alternativas
laborales.
• Las necesidades de actualización, reciclaje profesional y desarrollo de competencias profesionales,
para determinar un itinerario formativo.
• La identificación de las actuaciones adecuadas para la búsqueda de empleo.
• El apoyo en las transiciones al mercado de trabajo.
• El grado de compromiso y esfuerzo en el proceso de búsqueda activa de empleo.
El resultado esperado es que cada persona desempleada comprenda sus mejores opciones y se
comprometa con el proceso en una proyección de 12 meses a partir de una serie de actuaciones
encaminadas a facilitar su reincorporación al mercado de trabajo. Dichas actuaciones serán planteadas
por el orientador laboral en función de las perspectivas de activación de la persona desempleada,
teniendo en cuenta las preferencias de ésta.
Aquellas personas desempleadas que, por motivos justificados, no puedan llevar a cabo la elaboración
de un itinerario individual y personalizado de empleo serán objeto de otro tipo de actuaciones de menor
intensidad orientadas a la motivación al cambio.
MEDIDA 3
EL ITINERARIO
PERSONALIZADO DE EMPLEO
31<índice>La incorporación del profesional orientador de referencia,
como un elemento clave del acompañamiento de los PLD y
de aquellas personas desempleadas más vulnerables ante el
empleo, supone una dinámica concertada con ese profesional,
similar a los servicios sociales o servicios de medicina general.
El seguimiento de cada persona desempleada estará
determinado por las metas establecidas en el IPE y otras
necesidades que puedan surgir. Las distintas transiciones
laborales, tanto de entrada como de salida del mercado de trabajo, deberán ser objeto específico de
atención y apoyo por el equipo técnico de referencia.
Las citas podrán ser demandadas por la persona desempleada o establecidas por el profesional orientador
de referencia y permitirán el seguimiento del IPE y del compromiso de actividad.
Para garantizar un adecuado seguimiento, salvo que haya razones personales que lo justifiquen se
recomienda que la atención al usuario debe ser más intensa al inicio del PLAN, por ejemplo, una vez a
la semana en los primeros 15 días y cada dos semanas durante los dos primeros meses del programa.
Las atenciones, bien presenciales bien a través de otros medios, tendrán como objetivo prioritario
conocer cómo evoluciona la persona, cómo se encuentra anímicamente, qué barreras o dificultades está
encontrando en la puesta en marcha de las actividades recomendadas, el grado de compromiso con la
activación y qué otras necesidades tiene para garantizar que el servicio y la atención están teniendo la
utilidad deseada.
La fragilidad y temporalidad del mercado de trabajo y el carácter cíclico de determinados sectores productivos
ofrece oportunidades de incorporación laboral que, sin
ser una solución a la situación de desempleo de los PLD,
por su temporalidad, o parcialidad, sí permiten, en cambio,
la obtención de ingresos económicos, oportunidades de
cotización social y una reactivación laboral, aunque se estime
como una situación coyuntural o transitoria. Asimismo, pueden
constituir una vía valiosa para una incorporación estable en el
medio plazo.
El aprovechamiento de ocasiones de empleo puede incidir negativamente en la paralización de servicios,
prestaciones o la propia antigüedad en la situación de desempleo, con una carga de gestión y tramitación
burocrática que desincentiva al propio desempleado para el aprovechamiento de estas oportunidades
de trabajo. En otras ocasiones, aboca a una desregulación de las relaciones laborales para aceptar estos
empleos.
Se establecerá una Mesa Técnica de los Servicios Públicos de Empleo para la revisión y simplificación
de procedimientos para dotar de mayor flexibilidad y agilidad los trámites administrativos que faciliten
estas transiciones al mercado de trabajo y que, siendo temporales o parciales, supongan una actividad
laboral para personas en PLD.
Más allá de la noción asumida de un periodo de desempleo superior a un año como paro de larga
duración, la conceptualización de situación PLD, como factor de vulnerabilidad ante el empleo, implica
no perder de vista la situación especial del desempleo en periodos temporales más amplios -de 18 a
24 meses-. En estos casos, la existencia de una actividad laboral no superior a los 6 meses a jornada
completa o una actividad a tiempo parcial no superior a una cuarta parte de la jornada de trabajo, debe
ser evaluada en la Mesa Técnica que se constituirá por los Servicios Públicos de Empleo, como una
evolución positiva en el itinerario laboral y, por tanto, digna de obtener los diferentes apoyos de los que
pueda disponer una persona en situación de PLD.
Se trata de articular mecanismos de agilidad en los procedimientos administrativos que incentiven la
activación y no menoscaben las posibilidades de breves o parciales ocupaciones laborales y las garantías
MEDIDA 5
FACILITACIÓN DE LAS
TRANSICIONES LABORALES
MEDIDA 4
LA CITA PREVIA CON EL
PROFESIONAL ORIENTADOR
DE REFERENCIA
32<índice>de ingresos para personas PLD y colectivos en situaciones económicas de precariedad o pobreza,
además de garantizar la permanencia de apoyos que faciliten el desarrollo del itinerario personalizado
de inserción.
Con el fin de garantizar la continuidad de los procesos de seguimiento, apoyo y mantenimiento en el empleo de aquellas
personas que provienen de una situación de PLD o son
especialmente vulnerables ante el empleo, se recomienda a los
Servicios Públicos de Empleo que fomenten la permanencia
de las personas en el sistema de empleo como demandantes
en situación de “Mejora de empleo”, no sólo a efectos de
intermediación laboral, sino también de posible participación
en políticas activas de empleo que mejoren sus competencias.
En el camino para alcanzar la ratio de 1/100 de atención a
personas desempleadas por cada profesional de orientación
Laboral, el Gobierno ha impulsado el refuerzo de la ‘Red de
Orientadores’ con la contratación de 3.000 técnicos por parte
de los servicios públicos de empleo, como consecuencia del
acuerdo del ‘Plan de Choque para el Empleo Joven’.
Los Servicios Públicos de Empleo deben contar con medios
y recursos suficientes para prestar una adecuada atención
individualizada a las personas PLD, con capacidad de
intervención temprana y tiempos de atención suficientes; por
ello continuaremos trabajando para la consolidación de la
‘Red de Orientadores’.
La orientación profesional, como paso previo a la inserción laboral, debe conseguir la atención
personalizada basada en la detección de las necesidades de cada persona demandante con un perfil
de vulnerabilidad ante el empleo y relacionada con el resto de las políticas activas de empleo, muy
especialmente con las de activación profesional.
Para ello, la red de 3.000 personas profesionales de orientación, creada en el marco de los Servicios
Públicos de Empleo -que incluye también tareas de prospección y captación de oferta como consecuencia
del ‘Plan de Choque por el Empleo Joven’-, atenderá también, como colectivo prioritario, a las personas
PLD.
Este personal técnico debidamente formado en tareas de orientación y prospección del mercado de
trabajo tendrá una formación específica con perspectiva de atención a personas vulnerables ante el
mercado laboral.
Se fija como estratégica, la necesidad de especialización de los equipos técnicos de orientación, con
la finalidad de atender características diferenciales de los colectivos destinatarios del PLAN (criterios
sectoriales de actividad, por ámbito rural/urbano, especialización en emprendimiento, en economía
social, digitalización, etc.).
MEDIDA 6
LA SITUACIÓN DE “MEJORA
DE EMPLEO”
MEDIDA 7
COLECTIVO DE ATENCIÓN
PRIORITARIA, JUNTO CON LAS
PERSONAS JÓVENES, PARA
LA RED DE 3.000 TÉCNICOS
DE ORIENTACIÓN
33<índice>La especialización de los profesionales de orientación es
un elemento que puede facilitar estrategias de intervención
grupal y generación de dinámica de autoayuda, cooperación e
intercambio, en grupos de desempleados en los que confluyan
características y situaciones comunes en sus itinerarios de
empleo.
En este sentido, se propone la exploración de posibilidades
grupales que, a la vez que optimizan los propios recursos,
puedan ser oportunidades motivadoras, dinamizadoras y de
empoderamiento de los procesos de las personas desempleadas, máxime teniendo en cuenta que estos
procesos grupales tienen en sí mismos un efecto motivador y de ruptura del proceso de aislamiento
social que lleva aparejado el paro de larga duración.
Una parte de las personas desempleadas de larga duración
-aproximadamente una quinta parte, según datos de la Unión
Europea (UE)-, se desmoralizan y se suman a la situación de
inactividad como consecuencia de sus infructuosos esfuerzos
en la búsqueda de empleo. Por otra parte, la persona en PLD
tiene una participación menor en las acciones vinculadas a las
políticas activas de empleo.
La pérdida de expectativas de incorporación al mercado de
trabajo en las situaciones en que se prolonga el paro de muy
larga duración -por encima de 24 meses de inactividad laboral-
supone un mayor abandono de la inscripción como demandante de empleo y la pérdida de referencia
de los Servicios Públicos de Empleo. Esta situación se acentúa cuando la persona desempleada deja
de percibir prestaciones por desempleo, subsidios u otro tipo de renta que implique un ‘compromiso de
actividad’.
Para evitar esta desvinculación con los Servicios Públicos de Empleo, éstos promoverán el mantenimiento
de la inscripción o la permanencia en el itinerario personalizado de inserción de personas que agotan
la prestación o el subsidio, ofreciendo medidas específicas a la persona para tratar de garantizar esa
permanencia.
También por dicho motivo, se articularán, en colaboración con los servicios sociales, actuaciones
específicas para incorporar al sistema a aquellas personas inactivas que desean trabajar y no se
encuentran inscritas en los Servicios Públicos de Empleo. Las actuaciones deben articularse sobre el
ofrecimiento de servicios de orientación personalizados por un profesional de referencia.
Las mayores dificultades se sitúan en cómo acceder a ese colectivo de personas. En este sentido,
se intensificarán los marcos de colaboración con los servicios sociales y otras entidades sociales
colaboradoras con el sistema de empleo, que trabajan con colectivos en situaciones de vulnerabilidad
ante el empleo y en riesgo de exclusión social.
MEDIDA 8
ESTRATEGIAS DE
ORIENTACIÓN BASADA EN
INTERVENCIONES GRUPALES
MEDIDA 9
INCORPORACIÓN DE
TRABAJADORES INACTIVOS
AL SISTEMA DE EMPLEO
34<índice>Atendiendo a las recomendaciones de los Servicios Públicos
de Empleo Europeos, se estudiará en la Mesa Técnica, y
se acordará en su caso, una flexibilidad en la renovación
de la demanda de empleo de 28 días para las personas
desempleadas de larga duración, estudiándolo en la Mesa
Técnica y estableciendo las debidas cautelas para evitar que
pudiera generarse confusión sobre el plazo de renovación de la
demanda en el conjunto de personas demandantes. Con esta
medida se trata de reducir la salida del ‘sistema de empleo’
de personas desmotivadas ante una situación prolongada de
desempleo.
Otra medida a estudiar y acordar en la Mesa Técnica es que el registro en el sistema de empleo de
cualquier tipo de actuación realizada de manera personalizada por el profesional orientador de referencia
con una persona desempleada en PLD, pueda suponer la renovación automática por un periodo de 3
meses de la demanda de empleo de ésta.
El plazo de reconocimiento de las prestaciones por desempleo indica el número de días que median entre la fecha de solicitud
y la fecha de resolución. En diciembre de 2018, el plazo medio
de reconocimiento de solicitudes de prestaciones a nivel
nacional fue de 1,0 días, cifra inferior al mismo mes del año
anterior, en un -15,6%. Se trata de generalizar esta reducción
de días de espera en todos los Servicios Públicos de Empleo
con el objeto de anticipar la atención personalizada a las
personas usuarias de dichos servicios.
OBJETIVO 2: RELACIÓN CON AGENTES DEL MERCADO DE TRABAJO
Los Servicios Públicos de Empleo establecerán los
procedimientos y canales adecuados para contar con la
participación de los servicios sociales de cada Comunidad
Autónoma con el objeto de facilitar el acceso de todas las
personas PLD, principalmente en las que concurran especiales
dificultades de acceso al empleo, a estos espacios de atención
personalizada.
Para ello se determinarán los puntos únicos de atención que se
acuerden entre los Servicios Públicos de Empleo y los servicios
sociales, garantizando la trazabilidad de la información y el
contenido técnico de la orientación a desarrollar, que se fije
entre ambos servicios.
Los Servicios Públicos de Empleo establecerán los modelos de cooperación más adecuados a cada
realidad, en ocasiones se tratará de espacios físicos comunes, en otros de aplicaciones compartidas, en
otros de cooperación personalizada entre el personal técnico de ambas instituciones u otras alternativas
que se valoren como más idóneas.
La coordinación de la actuación y la metodología en la orientación a desarrollar por los Servicios
Públicos de Empleo se realizará en el marco y con la referencia de la guía técnica de protocolos de la
‘Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo’, desde el respeto, en todo caso, a las
peculiaridades y especificidades de la organización de cada Comunidad Autónoma.
MEDIDA 10
RENOVACIÓN DE DEMANDA
DE EMPLEO PARA PLD
MEDIDA 11
REDUCCIÓN DE LOS
DÍAS DE ESPERA PARA
LA CITA DE TRAMITACIÓN
DE LA PRESTACIÓN POR
DESEMPLEO Y SUBSIDIOS
Y DE OTROS SERVICIOS DE
EMPLEO
MEDIDA 12
PARTICIPACIÓN Y
COLABORACIÓN CON LOS
SERVICIOS SOCIALES DE
CADA CC.AA.
35<índice>Desde el ámbito local se deben desarrollar y extender estos
Programas de Orientación y Atención Personalizada. Para
ello, se promoverán desde los Servicios Públicos de Empleo
encuentros y comunicaciones mediante actuaciones
de buenas prácticas, vinculadas al desarrollo de aquellos
programas que tienen éxito en algunas Comunidades
Autónomas.
Las Entidades Locales pueden convertirse en agentes
colaboradores privilegiados de los Servicios Públicos
de Empleo en materia de orientación profesional, a través de los distintos mecanismos y programas
establecidos en la Cartera Común de Servicios, de forma individual o mancomunadamente.
A los efectos de llevar a la práctica la dimensión local del empleo señalada en el artículo 4 del texto
refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, se
desarrollarán por los servicios públicos de empleo acuerdos de colaboración con las Entidades
Locales con el fin de promover actuaciones en materia de orientación e información profesional con las
personas PDL residentes en aquellos municipios donde se establezca esta colaboración. Estos acuerdos
podrán realizarse en el marco de los convenios celebrados con la Federación Española de Municipios y
Provincias y en los correspondientes acuerdos de colaboración que pudieran establecerse encaminados
a tal fin, entre las administraciones competentes para la gestión de las políticas activas de empleo y las
federaciones de entidades locales de ámbito autonómico.
La existencia de redes de entidades del Tercer Sector, con un
carácter altamente especializado en el acompañamiento de
las personas con dificultades específicas de inserción laboral,
permite el establecimiento de marcos de colaboración de
aquéllas con los servicios públicos de empleo autonómicos
y locales. Por ello, se promoverá la coordinación entre los
Servicios Públicos de Empleo y las entidades del Tercer
Sector.
La acción coordinada con estas redes especializadas de
atención es estratégica para la incorporación y mantenimiento
en el mercado de trabajo de los colectivos más vulnerables
ante el empleo.
MEDIDA 13
PARTICIPACIÓN DE LAS
ENTIDADES LOCALES
EN PROGRAMAS DE
ORIENTACIÓN Y ATENCIÓN
PERSONALIZADA
MEDIDA 14
LAS REDES DEL TERCER
SECTOR ESPECIALIZADAS EN
LA ATENCIÓN INTEGRAL DE
COLECTIVOS
36<índice>Las ‘Redes de Economía Social y Solidaria’, con un importante
auge durante la última década en distintos territorios, tienen,
entre otras líneas de actuación, las de acompañamiento y
promoción de sectores de población más vulnerables ante
el empleo y el riesgo de exclusión social. Desde los SPE,
se colaborará con estas redes para la reincorporación al
mercado de trabajo de los destinatarios de este PLAN.
Desde los principios de la economía social -con un enfoque
de la actividad económica que tiene en cuenta a las personas,
el medio ambiente y el desarrollo sostenible y sustentable,
como referencia prioritaria por encima de otros intereses, y una fuerte vinculación con el desarrollo local
sostenible y comunitario del territorio-, se ofrecen importantes marcos de colaboración e innovación en
políticas públicas para atender las necesidades de los PLD.
Es indiscutible la importancia del liderazgo del Gobierno de
España, a través del SEPE y del Sistema Nacional de Empleo-
SNE (que cuenta con la participación de las organizaciones
empresariales y sindicales más representativas), en las
políticas de empleo y de su necesario y decisivo papel en la
implementación del PLAN REINCORPORA-T.
La inversión económica y en recursos dirigida al impulso
y aplicación de este PLAN, debe contribuir al logro de los
objetivos marcados.
Al ser el PLAN una actuación extraordinaria financiada
con dinero público se podrá contar con la participación de
las entidades colaboradoras de los Servicios Públicos de
Empleo, en los términos y en las actividades señaladas para la
colaboración público-privada en la Ley de Empleo.
Algunas de estas entidades cubren una gran parte o la totalidad del territorio y operan en varios ámbitos
de especialización además de contar con una larga experiencia en el ámbito de la recolocación y de
trabajo con todo tipo de colectivos.
Es deseable la perspectiva territorial para la participación de estas entidades en el ámbito de las políticas
activas de empleo de cada Comunidad Autónoma, evitando en todo caso duplicidades y descoordinación
y respetando el nivel competencial de cada una de las Administraciones Públicas.
Algunas de estas organizaciones aportan recursos complementarios a los existentes en los Servicios
Públicos de Empleo y en las entidades locales, como pueden ser, entre otros, herramientas tecnológicas
muy completas (al alcance de todos los usuarios) que permiten acelerar el proceso de búsqueda de
empleo e interactuar de una manera sencilla con otros desempleados, o plataformas que facilitan la
visibilidad de los profesionales que participan en las actividades del PLAN frente a los potenciales
empleadores; haciendo más sencilla y ágil la intermediación laboral y la casación de la oferta y demanda
de empleo.
OBJETIVO 3: GOBERNANZA DE LAS MEDIDAS DE ORIENTACIÓN
La funcionalidad de los Servicios Públicos de Empleo con su configuración autonómica en el desarrollo
de las políticas activas de empleo debe comprenderse desde un nuevo marco relacional entre las
Administraciones Públicas, los interlocutores sociales y las entidades privadas de diversa naturaleza:
empresas, tercer sector, etc.
El papel vertebrador y dinamizador del PLAN REINCORPORA-T en el eje de la Orientación Laboral,
implica la necesidad de consolidar la estructura de los 3.000 técnicos responsables de la Orientación,
MEDIDA 15
PARTICIPACIÓN DE LAS
REDES DE ECONOMÍA SOCIAL
Y SOLIDARIA
MEDIDA 16
PARTICIPACIÓN DE
LAS ENTIDADES Y
ORGANIZACIONES
ESPECIALIZADAS Y
AUTORIZADAS POR LOS
SERVICIOS PÚBLICOS
DE EMPLEO EN LA
RECOLOCACIÓN DE LOS
TRABAJADORES
37<índice>e implantar una vez consolidados la figura del ‘profesional técnico de referencia’ asignado a cada
persona desempleada, garantizando las posibilidades de seguimiento individual, así como de referenciar,
intensificar y dotar de la mayor calidad técnica y humana las diferentes acciones.
Las personas profesionales técnicas de referencia coordinarán las actuaciones con otros profesionales
de diferentes servicios de empleo, incluidos los servicios públicos de empleo de las Entidades Locales,
formación o recursos sociales, para dar coherencia al IPE.
5.2. Eje 2 Formación
Este Eje 2 Formación del Plan REINCORPORA-T comprende los siguientes objetivos y medidas:
Para las personas en PLD o especialmente vulnerables ante el
empleo, las distintas actuaciones de formación para el empleo
dirigidas al aprendizaje, formación y reciclaje profesional serán
objeto de desarrollo y consenso con el profesional técnico de
referencia. La finalidad sería articular un ‘sistema de formación
permanente’ a lo largo de la vida laboral que permita hacer
frente al proceso continuo de cambio y transformación,
constituyendo una garantía tanto para los trabajadores como
para las empresas.
Los Servicios Públicos de Empleo facilitarán el acceso a las acciones formativas para el empleo y
analizarán con el participante su relevancia en el proceso de reincorporación al mercado de trabajo.
OBJETIVO 1: MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS A TRAVÉS DE LA
CUALIFICACIÓN DE LAS PERSONAS, AJUSTANDO LAS COMPETENCIAS DE LOS
TRABAJADORES A LOS REQUERIMIENTOS ACTUALES Y FUTUROS DEL MERCADO DE
TRABAJO
A través de esta medida se pretende fomentar el empleo y la contratación de las personas desempleadas de larga duración,
mediante acuerdos que suscriben los Servicios Públicos de
Empleo con empresas o entidades para formar a personas
en desempleo para su posterior contratación. La formación
podrá ir orientada a la obtención de los certificados de
profesionalidad u otras formaciones no asociadas al Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales y será teórico-
práctica y preferiblemente en formato presencial.
Por parte de los equipos técnicos de orientación y contando,
entre otras, con la colaboración de las asociaciones
empresariales y otras entidades de desarrollo en el ámbito local, se realizarán actuaciones para identificar
potenciales empleadores que tengan necesidad de cubrir puestos de trabajo y requieran de una formación
específica de los trabajadores a contratar.
En estos casos, y en base a lo establecido en el artículo 28 del ‘Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por
el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación
Profesional para el Empleo en el ámbito laboral’, podrán ser objeto de financiación, al amparo de dicho
Real Decreto, las acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados que incluyan compromisos
de contratación.
Para estas situaciones, los Servicios Públicos de Empleo deberán contar con la agilidad suficiente para
poder impulsar estas ayudas y no perder oportunidades de contratación de estos colectivos vulnerables
ante el empleo.
MEDIDA 17
DISEÑO DE LOS OBJETIVOS
FORMATIVOS EN EL IPE
MEDIDA 18
FORMACIÓN CON
COMPROMISO DE
CONTRATACIÓN
38<índice>OBJETIVO 2: MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES CON OBJETO
DE MEJORAR SUS POSIBILIDADES DE OBTENER UN EMPLEO DE CALIDAD, SU
DESARROLLO PERSONAL Y SU PROMOCIÓN PROFESIONAL
Los Servicios Públicos de Empleo potenciarán y reforzarán
el servicio de información y orientación del Sistema de
Certificados de Profesionalidad, a fin de procurar un
conocimiento más generalizado del Sistema de Certificados
de Profesionalidad, del procedimiento de acreditación en sí
mismo y de las ventajas de este Sistema para trabajadores y
empresas.
Los Certificados de Profesionalidad son una buena herramienta
para facilitar el reciclaje profesional de las personas PLD,
mejorar su empleabilidad y reducir los tiempos en desempleo
mediante su reincorporación al mercado de trabajo.
La diversidad de familias profesionales ofrece un amplio abanico de posibilidades a las personas PLD para
optar a una formación de calidad y con reconocimiento de título oficial acreditativo de las cualificaciones
profesionales correspondientes, a través de la obtención de Certificados de Profesionalidad, regulados
con carácter general en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero.
Los Certificados de Profesionalidad deben ser el instrumento básico para la acreditación de las
competencias profesionales y para facilitar el aprendizaje y el reciclaje profesional de aquellas personas
desempleadas especialmente vulnerables ante el empleo y de las que no tengan un positivo pronóstico
de incorporación laboral a 12 meses, sin perjuicio de la posibilidad de cursar otras formaciones como la
formación profesional del sistema educativo.
El profesional técnico de orientación deberá valorar, atendiendo a los recursos existentes en su territorio
y a las competencias y necesidades del desempleado, si los Certificados de Profesionalidad son la
opción más acertada y viable para cubrir las necesidades formativas de la persona PLD, facilitándole
toda la información necesaria para poder acceder a la acreditación de sus competencias a través del
reconocimiento de la experiencia profesional.
MEDIDA 19
LA INFORMACIÓN SOBRE
LOS CERTIFICADOS DE
PROFESIONALIDAD
39<índice>Por su parte, los Servicios Públicos de Empleo en cada territorio deberán dar prioridad y generar
opciones para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral
de las personas PLD e impulsar la obtención de Certificados de Profesionalidad vinculados a las
familias profesionales mayormente demandadas. Para ello se desarrollará una oferta abierta todo el año
en formación profesional para la obtención de los Certificados de Profesionalidad, con programación
anual o plurianual según la duración de la especialidad, que deberá estar presente en todas las grandes
ciudades. Se trabajará para que haya oferta suficiente que permita el acceso a la acreditación en todos
los niveles de la especialidad formativa, poniendo el foco en los empleos más contratados en los 2 años
anteriores (al menos el 40% de los contratos laborales en el territorio de referencia).
También se considerarán aquellas especialidades formativas vinculadas a empleos que se vayan a
necesitar por las empresas en el territorio correspondiente en los próximos 3 años, como medida de
anticipación para evitar dejar sin cubrir las nuevas ofertas que se produzcan en la zona.
Los profesionales técnicos de orientación deberán identificar
en el IPE si la persona desempleada debe o no adquirir
competencias clave (lengua castellana -y otras lenguas
oficiales en las CC. AA.-, lenguas extranjeras, matemáticas,
etc.).
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha
establecido competencias clave en el marco europeo de
la ‘Recomendación sobre competencias clave para el
aprendizaje permanente (2006)’. Para dichas competencias
clave, el SEPE ha establecido programas formativos basados en resultados de aprendizaje, que están
incluidos en el Catálogo de Especialidades Formativas que utilizan todos los Servicios Públicos de
Empleo para establecer sus ofertas de formación financiadas con fondos públicos.
En dichas ofertas se incluye la formación en competencias clave a través de acciones formativas que
pueden realizarse en modalidad presencial y a través de la tele-formación.
Dichas competencias serán certificadas por la administración laboral competente según lo establecido
en la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18
de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, y por los Reales Decretos por los
que se establecen certificados de profesionalidad y su desarrollo y aplicación.
Asimismo, el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de
septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito
laboral, y para facilitar el acceso a la formación en competencias clave, introdujo la posibilidad de que
esta formación pudiera realizarse también mediante iniciativa privada no financiada con fondos públicos.
Por otro lado, los Servicios Públicos de Empleo realizan convocatorias para la evaluación de las
competencias clave que hayan adquirido las personas a través de otras vías, de manera que, una vez
superadas las pruebas correspondientes, la administración laboral competente expide dicha certificación
de competencia clave, tal y como se recoge en la citada Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre.
Las competencias clave que se pueden adquirir son las siguientes:
• Comunicación en Lengua Castellana (nivel 2 y nivel 3).
• Competencia matemática (nivel 2 y nivel 3).
• Comunicación en lenguas extranjeras (nivel 2 y nivel 3).
• Comunicación en lenguas oficiales en las CC.AA. (nivel 2 y nivel 3).
Se promoverá el desarrollo de programas formativos en competencias clave, destinados a las personas
PLD y otros colectivos con mayores dificultades de acceso a la formación, para asegurar que todas
las personas desempleadas adquieren las competencias básicas en lengua castellana -y otras lenguas
MEDIDA 20
FORMACIÓN EN
COMPETENCIAS CLAVES
40<índice>oficiales en las CC.AA.-, comunicación en lengua extranjera y competencia matemática; que faciliten
su inserción en el mercado de trabajo, la mejora de sus posibilidades presentes y futuras de empleo y
estimulen el aprendizaje a lo largo de toda la vida laboral.
Se establecerán vías de cooperación entre los Servicios Públicos de Empleo y la administración educativa
para poner en marcha programas de adquisición de competencias clave para las personas PLD.
Todo ello más allá de la necesaria revisión del enfoque metodológico de las competencias clave, así
como de la valoración individual que, como ya se ha señalado, se haga teniendo en cuenta la conciliación
entre la adquisición de las competencias clave y las necesidades de inserción del colectivo.
Estos programas están dirigidos a dar respuesta a las
nuevas necesidades provenientes del proceso de cambio
tecnológico, digital y productivo. Estos programas deberán
contemplar de manera particular las necesidades del colectivo
de trabajadores mayores de 45 años y de aquellos otros con
menores competencias digitales. De manera especial el del
colectivo de mujeres PLD.
La creación de empleo ligada a la irrupción de nuevas
tecnologías y la creciente robotización de la economía presenta
cada vez mayor solidez. Un cambio que está transformando
nuestro estilo de vida y la forma en la que nos relacionamos, pero que también influye en los procesos
productivos, el modo de consumir y, por tanto, la propia dinámica del mercado de trabajo. La inteligencia
artificial, la robótica, la realidad virtual, la gestión y almacenamiento de datos fuera de los espacios
físicos, las aplicaciones móviles, las redes sociales o el comercio online, forman ya parte de nuestro
presente y su influencia es previsible que se intensifique en el futuro. Esta transformación permitirá la
aparición de actividades y profesiones que hoy no existen y, como resultado, la creación de nuevos
empleos a medio y largo plazo.
En el caso de España, el ‘Observatorio para el Análisis y Desarrollo Económico de Internet (Adei)’
calcula que surgirán 3,2 millones de empleos ligados a la digitalización hasta 2030 y otros 600.000 con
un alto componente humano, poco susceptibles de ser sustituidos por máquinas. La historia demuestra
que los avances tecnológicos generan un impacto muy beneficioso tanto en la economía, en general,
como en el mercado de trabajo, en particular.
De acuerdo con diversos estudios, en la actualidad, este cambio ya se ha traducido en la aparición de
nuevos trabajos a lo largo del último lustro: desde especialista en marketing digital y administrador de
redes sociales, hasta analista de Big Data o diseñador y desarrollador de aplicaciones móviles, entre
otras profesiones ligadas al mundo virtual. El internet de las cosas, la impresión 3D, la biotecnología y
nanotecnología, el coche autónomo, los drones, la domótica, la agricultura urbana, la enseñanza digital,
los órganos artificiales y la extensión e implantación de nuevos servicios online, entre otros, son ámbitos
de previsible creación de empleo.
Los Servicios Públicos de Empleo desarrollan actuaciones y líneas de trabajo, en el eje central de la
formación, para preparar estos cambios y centrar gran parte de sus actuaciones en el impulso de nuevas
especialidades formativas vinculadas a las nuevas tecnologías. A través del PLAN REINCORPORA-T se
intensificarán las diferentes iniciativas de formación profesional para el empleo y se garantizará el acceso
prioritario a las mismas a las personas PLD.
Dentro del Marco Europeo sobre competencias digitales para el aprendizaje permanente, se impulsarán
contenidos comunes homologables en los programas formativos, de tal manera que, en los tres años de
duración del PLAN, las personas PLD podrán adquirir las competencias digitales necesarias y mejorar su
cualificación profesional. En esta línea, se trabajará con las personas PLD en una doble vía:
• Adquisición de los conocimientos básicos y suficientes para el uso de la tecnología como herramienta
de trabajo, imprescindible para el acceso a la gran mayoría de los empleos, impulsando cursos de
MEDIDA 21
FORMACIÓN EN
COMPETENCIAS DIGITALES
41<índice>formación de nivel básico e intermedio en soluciones de Microsoft (Excel, Word, Power Point,
Outlook e Internet en general).
• Adquisición de conocimientos específicos vinculados a una especialidad tecnológica (lenguajes
de programación, desarrollo de aplicaciones, robótica, etc.). En este caso, se impulsarán acciones
formativas concretas y especializadas.
Con la finalidad de reducir la brecha de género en el sector tecnológico y favorecer la adquisición por
las mujeres de competencias digitales, los profesionales técnicos que atiendan a las personas PLD,
informarán de forma especial a las mujeres para que se animen a participar en estas especialidades
formativas, dando prioridad a sus solicitudes.
Nuevas necesidades sociales vinculadas en torno al cambio
climático y la transición ecológica, el reto demográfico del
despoblamiento del mundo rural y el envejecimiento de
la población, así como las necesidades de servicios de
proximidad y cuidados como resultado de los cambios
organizativos y modelos de vida actuales; articulan sectores
y actividades de interés preferente en los que se generarán
importantes yacimientos de empleo.
Se propone el desarrollo y priorización para la cualificación
de las personas PLD en sectores de interés preferente, entre
otros, aquellos relacionados con:
• La sostenibilidad ambiental y transición energética vinculada a medidas de lucha contra el cambio
climático, cualificación agraria, forestal y empleo rural.
• El ámbito de los cuidados, asistencia personal y servicios de proximidad y dependencia.
• Todos aquellos derivados de los procesos de digitalización y cambio tecnológico.
• Así como todos los que se identifiquen en el Informe Anual de Prospección y Detección de
Necesidades Formativas del Observatorio de las Ocupaciones.
Todas estas acciones formativas deberán considerar la perspectiva de género e incluir actuaciones
específicas de igualdad, para no seguir profundizando en brechas de género al reproducirse la situación
señalada en los apartados anteriores.
Las personas en PLD, además del deterioro de sus capacidades profesionales, sufren una mayor falta de motivación e
inseguridad ante una posible reincorporación laboral, lo que
suma una pérdida de autoestima que las hace más vulnerables
a la reinserción laboral.
Los Servicios Públicos de Empleo diseñarán actuaciones y
servicios que puedan atender los procesos de preparación
y motivación para la reincorporación al mercado de trabajo,
especialmente para las personas desempleados que llevan 24
meses y más en paro. Para organizar esas actuaciones podrán
guiarse por estrategias grupales, locales y/o sectoriales, con posibilidades de incorporar dinámicas de
apoyo mutuo y dotadas, en todo caso, de una perspectiva de género.
Se pretenden facilitar procesos orientados al mantenimiento de un adecuado nivel de motivación y
autovaloración ante una posible reincorporación al mercado de trabajo, especialmente para personas en
PLD con un largo periodo de inactividad laboral, con acciones específicas de apoyo formativo y de refuerzo
psicológico, para lo que se contará con la colaboración de los oportunos servicios sociales y de salud,
cuya intervención será solicitada o facilitada por el Orientador que siga la trayectoria profesional del PLD.
MEDIDA 22
PROGRAMAS DE
FORMACIÓN ORIENTADOS
A LA CUALIFICACIÓN EN
SECTORES DE INTERÉS
PREFERENTE E INTERÉS
PÚBLICO
MEDIDA 23
PROGRAMA PARA LA
REINCORPORACIÓN DE
PERSONAS PARADAS
CON 24 MESES Y MÁS EN
DESEMPLEO
42<índice>5.3. Eje 3 Oportunidades de empleo
Este eje incluye las actuaciones que tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o
el mantenimiento de los puestos de trabajo de calidad para personas en PLD y colectivos especialmente
vulnerables ante el empleo con el fin de avanzar hacia un mercado de trabajo más inclusivo y sostenible.
Entre las medidas para incentivar la contratación están las bonificaciones a la creación de empleo.
Actualmente existen multiplicidad de bonificaciones y ayudas que además de limitar el potencial de su
uso diluyen su efectividad. Se propone racionalizar el régimen de bonificaciones, fruto de una evaluación
previa de su eficiencia, limitándolas a facilitar el acceso al mercado de trabajo a aquellos colectivos más
vulnerables ante el empleo.
El ‘Plan Director por un Trabajo Digno’ incluye una amplia batería de medidas operativas y organizativas
para luchar contra la precariedad laboral, medidas que se dirigen a revertir los problemas más graves
que presenta nuestro mercado de trabajo y que, de manera más relevante, afectan a los colectivos más
vulnerables ante el empleo.
43<índice>Este Eje 3 de Oportunidades de Empleo del PLAN REINCORPORA-T comprende los siguientes objetivos:
OBJETIVO 1: LA CONTRATACIÓN PÚBLICA Y LA RESPONSABILIDAD HACIA SECTORES
MÁS VULNERABLES
Las políticas públicas en el ámbito de las compras y contratación administrativas son un instrumento clave
para el impulso y la mejora en las prácticas de acceso y mantenimiento del empleo para las personas en
PDL y otros colectivos vulnerables ante el empleo, así como para la inclusión en ellas de una perspectiva
de género.
El gasto de las distintas Administraciones Públicas en compras y en contratación suponen una cantidad
aproximada del 18,5 por ciento del PIB. Este volumen económico tiene una influencia relevante en nuestro
mercado de trabajo.
En este sentido, la ‘Agenda 2030 de Objetivos de Desarrollo Sostenible’ indica la necesidad de ejercer
una ‘Contratación Pública Responsable’, incorporando consideraciones de tipo social, medioambientales
y de comercio justo en las compras y contrataciones de las administraciones, con el objetivo de
transformar nuestro modelo de producción y consumo hacia formas más equitativas de desarrollo y
sostenibles. Por su parte, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la
que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece la posibilidad de incluir este
tipo de consideraciones sociales en los contratos públicos. Consideraciones que podrán incluirse en
todas las fases de la contratación, tanto al diseñarse los criterios de adjudicación, como los criterios
cualitativos para evaluar la mejor relación calidad-precio, o como condiciones especiales de ejecución.
En particular, en el caso de las condiciones especiales de ejecución, la Ley impone la obligación al órgano
de contratación de establecer en el pliego al menos una de las condiciones especiales de ejecución de
tipo medioambiental, social o relativas al empleo, que se listan en el artículo 202 de la Ley, siempre que
dichos criterios guarden relación con el objeto del contrato a realizar.
La incorporación de cláusulas sociales, que generen un mercado de trabajo inclusivo, supone un desafío
para las entidades del sector público, para las empresas proveedoras y las entidades licitadoras. Y
representa una buena oportunidad para su utilización conforme a los objetivos de política de empleo.
Los Servicios Públicos de Empleo promoverán aquellas
acciones formativas, campañas de información y buenas
prácticas dirigidas a los agentes públicos responsables de
la contratación para la incorporación de consideraciones
sociales que favorezcan un mercado de trabajo inclusivo y
sostenible. Para ello, se fomentará la articulación de aquellas
consideraciones que contribuyan a combatir el paro de larga
duración, especialmente en los sectores más vulnerables ante
el empleo y con una perspectiva de género.
Se puede valorar que para aquellos contratos públicos que impliquen la necesidad para la empresa
adjudicataria de contratar al menos a 10 nuevos trabajadores para su realización, se incorpore como
criterio de adjudicación la contratación de personas en PLD, siempre que ello pueda vincularse al
objeto del contrato en los términos previstos en el artículo 145 de la ‘Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público (LCSP)’. La valoración del criterio dependerá del número de personas en
PLD contratadas, respecto del máximo de personal posible.
Se recomienda a las Administraciones Públicas y otros entes públicos contratantes el máximo rigor
en la exigencia y cumplimiento de las consideraciones de tipo social, que deben hacer extensivo a las
empresas subcontratistas, en los términos que contempla la LCSP.
Esta medida en su conjunto se debatirá y acordará en la Comisión Interministerial para la incorporación
de criterios sociales en la contratación pública, creada por Real Decreto 94/2018, de 2 de marzo.
MEDIDA 24
PROGRAMA DE
SENSIBILIZACIÓN PARA LA
INCLUSIÓN DE CLÁUSULAS
SOCIALES EN LOS PROCESOS
DE CONTRATACIÓN
44<índice>Los Servicios Públicos de Empleo, atendiendo a las prioridades
territoriales, sectoriales y de los sectores más vulnerables ante
el empleo, diseñarán actuaciones de seguimiento y fomento
de las buenas prácticas en la contratación pública.
Los Servicios Públicos de Empleo, con la colaboración de
otras entidades especializadas, facilitarán a las empresas
licitadoras, candidaturas de trabajadores que cumplan las
cláusulas sociales requeridas en los procesos de contratación
pública.
La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, en su Disposición adicional cuarta, señala que
mediante Acuerdo del Consejo de Ministros o del órgano
competente en el ámbito de las Comunidades Autónomas y de
las Entidades Locales, se fijarán porcentajes mínimos de reserva
del derecho a participar en los procedimientos de adjudicación
de determinados contratos o de determinados lotes de los
mismos a Centros Especiales de Empleo de iniciativa social
y a empresas de inserción reguladas -a condición de que el
porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación
de exclusión social de los Centros Especiales de Empleo, de
las empresas de inserción o de los programas sea el previsto
en su normativa de referencia, fijando las condiciones mínimas
para garantizar el cumplimiento de lo establecido.
A partir del desarrollo de esta medida por el Consejo de Ministros, el SEPE promoverá el cumplimiento de
la aplicación, por los órganos del Sector Público Estatal, del porcentaje mínimo de reserva señalado en
la referida Ley, fomentando a su vez que los Servicios Públicos de Empleo correspondientes realicen un
seguimiento de esta modalidad de contratación, promocionando las buenas prácticas en la contratación
de Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y de Empresas de Inserción reguladas.
MEDIDA 25
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO
DE LA INCORPORACIÓN
DE CLÁUSULAS SOCIALES
EN LOS PROCESOS DE
CONTRATACIÓN
MEDIDA 26
PROVISIÓN DE
TRABAJADORES PARA
EL CUMPLIMIENTO DE
CLÁUSULAS SOCIALES
MEDIDA 27
FOMENTO DE LOS
CONTRATOS RESERVADOS
PARA CENTROS ESPECIALES
DE EMPLEO DE INICIATIVA
SOCIAL Y PARA EMPRESAS
DE INSERCIÓN REGULADAS
45<índice>OBJETIVO 2: LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL Y EL VALOR AÑADIDO DE
LA GENERACIÓN DE EMPLEO PARA PERSONAS CON DIFICULTADES DE ACCESO AL
MERCADO DE TRABAJO
Complementariamente a la inclusión de criterios de valoración de las empresas y de otras entidades
privadas en los procesos de contratación pública, se propone articular actuaciones de reconocimiento
de la ‘Responsabilidad Social Empresarial’ para que dentro de su contribución activa y voluntaria a
la mejora social, económica y ambiental, incluyan acciones concretas y medibles para el ejercicio de
buenas prácticas en la contratación de trabajadores, dirigiendo parte de esa contratación a colectivos
de personas en PLD y colectivos vulnerables, siempre teniendo en cuenta la perspectiva de género, para
ayudar a crear un mercado de trabajo inclusivo y sostenible.
Se propone articular un sistema que genere un valor añadido
mediante el incremento del crédito formativo para las
empresas que incorporen y mantengan de forma estable tasas
de inserción de trabajadores que provengan del PLD.
Aquellas empresas que en la creación de empleo neto
incorporen y mantengan de forma estable un porcentaje
de trabajadores desempleados de PLD superior al 10%,
se bonificarán con una ampliación de su crédito formativo
del 5% para el ejercicio siguiente en el que se cumpla tal
condición. La estabilidad en el empleo, para su cómputo,
deberá ser superior a un año continuado de trabajo.
Con el fin de articular este nuevo sistema, se promoverán las medidas de modificación normativa
procedentes de la ‘Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación
Profesional para el empleo en el ámbito laboral’, del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que la
desarrolla, así como de la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, que desarrolla el antiguo Real Decreto
de desarrollo de la Ley reguladora del subsistema de formación profesional para el empleo. Esta
modificación servirá para incluir la ‘Responsabilidad Social Corporativa (o Empresarial)’ como nuevo
criterio de cuantificación de bonificación del crédito formativo, entendida dicha responsabilidad como
el compromiso con la reducción del paro de larga duración asumido mediante la contratación indefinida y
estable de desempleados de PLD y otros colectivos vulnerables ante el empleo. Asimismo, para favorecer
la utilización del crédito formativo por las PYMES se estudiará su flexibilización y la implantación de un
tratamiento específico a través de sus estructuras paritarias sectoriales, que a la vez de facilitar el acceso
al crédito formativo a estas empresas contribuya a lograr su mayor difusión.
Además, se estudiarán con el Ministerio de Hacienda y con el Ministerio de Economía y Empresa las
medidas de incentivación fiscal adecuadas, tales como deducciones por la creación de empleo
estable para desempleados de larga duración. Las deducciones serán mayores cuando el empleador
haya contratado a uno o más profesionales considerados como de menor empleabilidad (según criterios
previamente definidos.)
En este sentido, los Servicios Públicos de Empleo determinarán, según sus circunstancias particulares,
los factores y criterios que definen a las personas en PLD en su territorio y fijarán sus prioridades. Entre
estos factores, podrán considerarse:
• Si pertenecen a un género infrarrepresentado en la ocupación referida.
• Si carecen de ingresos y tienen más de 61 años.
• Si han permanecido durante la mayor parte de su vida profesional en una ocupación ahora
desaparecida en la zona en la que residen.
• Si están próximos a la edad de acceso al derecho a pensión contributiva de la Seguridad Social y
existe el riesgo de no cumplir con el requisito de la carencia exigible.
MEDIDA 28
EMPRESAS SOCIALMENTE
COMPROMETIDAS CON LA
INSERCIÓN DE PERSONAS
PLD
46<índice>• Si han sufrido una enfermedad grave que les ha dejado en una situación de incapacidad temporal
durante periodos superiores a 18 meses y pérdida del puesto de trabajo.
• Si tienen hijos menores a cargo.
• Si han llegado a una determinada edad sin cualificación.
• Si han estado internados en instituciones penitenciarias o centros de rehabilitación.
• Otros factores.
Los Servicios Públicos de Empleo de cada Comunidad Autónoma, una vez definidos sus criterios, abrirán
un censo donde podrán incorporar a las personas en PLD en las que concurran estas características
para poder ponerlas a disposición de los profesionales de Orientación Laboral, por un lado, y de los
potenciales empleadores, por otro, con la finalidad de darles prioridad en las oportunidades de empleo
que surjan.
Adicionalmente, los Servicios Públicos de Empleo mantendrán un registro especial de empresas
oferentes de empleo que por sus especiales características (temporalidad, poca cualificación, campañas
de recogida de productos agrícolas, etc.) puedan ser ofertadas de forma preferente a las personas en
PLD.
Todas las empresas que, por una u otra vía, contraten en los términos referidos en el párrafo segundo de
esta Medida, serán acreedoras de los beneficios en materia de formación y fiscales que se determinen.
A continuación, se establecen medidas a favor de personas con discapacidad y mujeres víctimas de
violencia de género, dos colectivos que ven empeorada su situación cuando a su condición unen la de
personas afectadas por el PLD.
Se propone articular un sistema que genere un valor añadido mediante el incremento del crédito formativo para las
empresas y otras entidades privadas que superen y
mantengan de forma estable tasas de inserción para
personas con discapacidad por encima de las exigencias
legales.
Las Microempresas (1 a 9 trabajadores) y Pequeñas Empresas
(de 10 a 49 trabajadores) que, sin estar obligadas a la tasa
de reserva del 2% por tener menos de 50 trabajadores,
mantengan en plantilla tasas superiores al 5% de trabajadores
con discapacidad, se bonificarán con una ampliación de su
crédito formativo del 10% para el ejercicio siguiente en el que
se cumpla la condición.
MEDIDA 29
EMPRESAS SOCIALMENTE
COMPROMETIDAS CON LA
INSERCIÓN DE PERSONAS
CON DISCAPACIDAD
47<índice>Las empresas que, estando obligadas a la tasa de reserva del 2% por tener 50 y más trabajadores,
mantengan en plantilla tasas superiores al 10% de trabajadores con discapacidad, se bonificarán con
una ampliación de su crédito formativo del 5% para el ejercicio siguiente en el que se cumpla la condición.
A fin de articular este nuevo sistema, se promoverán las medidas de modificación normativa procedentes
de la ‘Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para
el empleo en el ámbito laboral’, del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que la desarrolla, así como
de la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, que desarrolla el antiguo Real Decreto de desarrollo de la
Ley reguladora del subsistema de formación profesional para el empleo. Esta modificación servirá para
incluir la ‘Responsabilidad Social Corporativa (o Empresarial)’ en relación con la inserción laboral de
las personas con discapacidad, como nuevo criterio de cuantificación de crédito formativo bonificado.
Para este colectivo y en relación con las PYMES, se tendrán en cuenta las medidas de flexibilización y
tratamiento específico para estas empresas del acceso al crédito formativo señaladas en la Medida 28.
Garantizando la confidencialidad de los datos de las
destinatarias, se promoverá, en colaboración con el ‘Instituto
de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades’, la creación
de una red de empresas en las que se facilite la colocación
de mujeres desempleadas víctimas de violencia de género.
Para estar incluidas en esta red, las empresas deberán contar
con las medidas de flexibilización de tiempo y lugar de trabajo
adecuadas, también se tendrá en consideración su evolución
en cuanto a sus ‘Planes de Igualdad’ y se fomentará una vía
de intermediación laboral prioritaria entre oferta y demanda de
empleo en estas empresas.
Diversos estudios han puesto de manifiesto la existencia de
sesgos discriminatorios -en muchos casos inconscientes- en
los procesos de selección de personal. Cuando ello ocurre, se
descartan con mayor frecuencia a mujeres o a personas que
tienen nombres con connotaciones extranjeras, o con edades
consideradas no idóneas por la razón que fuere. Esta situación
discriminatoria se manifiesta en mayor medida cuando son
personas PLD.
El SEPE, para evitar posibles sesgos discriminatorios, en
colaboración con el ‘Instituto de la Mujer y para la Igualdad
de Oportunidades’, promoverá la implantación de procesos
despersonalizados de selección, utilizando el currículum “anónimo o ciego”, para sensibilizar a las
empresas sobre la existencia de estos sesgos, a veces inconscientes, y de cómo detectarlos y combatirlos.
Los procesos de selección despersonalizados se centran exclusivamente en las capacidades de la
persona candidata al puesto de trabajo a cubrir y suprimen referencias personales irrelevantes para el
puesto, tales como: nombre, sexo, edad, fotografía u otras circunstancias personales.
Las empresas que reciban ayudas y/o subvenciones de las
administraciones públicas por importe de 150.000 o más euros
anuales para la prestación de cualquier tipo de obra o servicio
y que cuenten con 10 o más trabajadores tendrán en cuenta,
cuando sea necesario el incremento de su plantilla, candidaturas
de personas PLD para la contratación de, al menos, un
trabajador de este colectivo. Estas empresas gozarán de los
beneficios en materia de formación profesional y de posibles
incentivos fiscales que se recogen en la Medida 28.
Cuando los beneficiarios sean pequeñas empresas o
microempresas se valorará el impacto para tomar esta medida.
MEDIDA 31
EMPRESAS SOCIALMENTE
COMPROMETIDAS Y EL
CURRÍCULUM VITAE ANÓNIMO
PARA LA SELECCIÓN DE
PERSONAL
MEDIDA 32
EMPRESAS QUE RECIBEN
AYUDAS Y SUBVENCIONES
DE LAS ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS, Y SU
CONTRIBUCIÓN A LA
CONTRATACIÓN DE
PERSONAS PLD
MEDIDA 30
EMPRESAS SOCIALMENTE
COMPROMETIDAS CON LA
INSERCIÓN DE MUJERES
VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE
GÉNERO
48<índice>OBJETIVO 3: FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN EN ACTIVIDADES DE INTERÉS
PREFERENTE E INTERÉS PÚBLICO
Se fomentará la contratación en sectores de interés preferente y público, que ayuden a las personas más
vulnerables a conseguir un empleo decente, en sectores y actividades de alto contenido económico y
social, como son:
• La sostenibilidad ambiental y transición energética vinculada a medidas de lucha contra el cambio
climático, cualificación agraria, forestal y empleo rural.
• El ámbito de los cuidados, asistencia personal y servicios de proximidad y dependencia.
Todas las actuaciones que se lleven a cabo en la implementación de las políticas correspondientes para
conseguir los anteriores objetivos se realizarán desde una perspectiva de inclusión, género e igualdad.
Actuaciones para el desarrollo y el empleo en el medio rural
Para hacer efectivas las medidas de desarrollo en el medio rural, se contará con la colaboración de las
organizaciones relacionadas con la actividad agropecuaria presentes en el territorio (organizaciones de
agricultores y ganaderos, cooperativas, etc.), porque son las que pueden facilitar que las iniciativas en
este terreno lleguen a los destinatarios finales.
Los servicios de proximidad y de atención a las personas
tienen extraordinaria importancia en el medio rural. Este sector
es muy importante para activar el empleo en dicho ámbito,
ya que supondría transformar el problema del envejecimiento
que afecta a la población del medio rural en una oportunidad
de empleo que preste servicios a los residentes en este medio.
Para ello:
• Se tratará de resolver los problemas que limitan el acceso a
la formación con certificado de profesionalidad.
• Se potenciará el emprendimiento en el ámbito local para la
prestación de estos servicios (impulsando la fórmula de las
cooperativas de trabajo asociado), Para ello, es conveniente
la revisión de la fórmula elegida para la adjudicación pública
de la prestación de estos servicios, de tal manera que se
sitúe en igualdad de condiciones el emprendimiento local y
los recursos invertidos reviertan en beneficio de la comunidad
en la medida de lo posible y contribuyan así a dinamizar la
economía local.
El reto demográfico del despoblamiento rural generalizado
en todo el Estado ha supuesto un progresivo abandono de la
actividad rural y de la conservación del su patrimonio natural.
Proyectos de conservación de la biodiversidad, mantenimiento
forestal, reforestación y prevención de incendios, control
de especies invasoras, proyectos de transición energética,
transición agrícola a modelos ecológicos y sostenibles o
similares, pueden contribuir a la fijación de población y a la
generación de empleo en el medio rural.
A estos efectos, por ejemplo, se incentivarán proyectos de
interés general relacionados con el medioambiente y contra el
cambio climático que dinamicen el mundo rural y ayuden a su
conservación mejorando la vida de sus habitantes.
MEDIDA 33
PROGRAMAS DE
CONTRATACIÓN PARA
ACTIVIDADES DE INTERÉS
PREFERENTE Y UTILIDAD
PÚBLICA PARA LA
REACTIVACIÓN DE LAS
PERSONAS PARADAS DE
LARGA DURACIÓN CON
ESPECIAL ATENCIÓN EN EL
MEDIO RURAL
MEDIDA 34
FOMENTO DEL
PARTENARIADO PARA
ACCIONES DE INTERÉS
MEDIOAMBIENTAL Y CONTRA
EL CAMBIO CLIMÁTICO EN EL
MEDIO RURAL PROMOVIDAS
POR ENTIDADES LOCALES,
EMPRESAS Y ENTIDADES DE
LA ECONOMÍA SOCIAL
49<índice>Con el objeto de apoyar el mantenimiento y la llegada
de población al ámbito rural, se estudiarán medidas de
incentivo a la incorporación de trabajadores jóvenes en
sector agropecuario. Dichas medidas se podrán orientar, en
particular, a favorecer la sustitución de trabajadores jubilados
por trabajadores jóvenes, evitando en todo caso, medidas que
puedan generar incentivos a la prejubilación.
Para incidir sobre la pérdida de actividad en los municipios
de hasta 5.000 habitantes, especialmente en actividades
agropecuarias, oficios tradicionales y artesanales, se
fomentarán y apoyarán los programas de recuperación de
actividades empresariales por parte de las mujeres y de
personas paradas de larga duración.
A estos efectos, resulta imprescindible establecer mecanismos
que faciliten el acceso a la financiación, ya que es el factor
más limitativo a la hora de emprender.
Los pequeños productores agropecuarios y artesanos tienen
dificultades de acceso a los mercados ordinarios, por lo
que ven condicionada la viabilidad y sostenibilidad de sus
actividades económicas.
Se fomentará, tanto desde los marcos normativos como
desde otros aspectos prácticos, la regulación y promoción
del comercio de proximidad y redes de consumo cortas que
generen un mayor retorno económico y las posibilidades de
sostenibilidad para los productores primarios en el ámbito
rural.
MEDIDA 35
MEDIDAS EN EL ÁMBITO
RURAL
MEDIDA 36
LA RECUPERACIÓN DE
ACTIVIDADES ECONÓMICAS
EN EL MEDIO RURAL
MEDIDA 37
DESARROLLO DEL COMERCIO
Y REDES DE CONSUMO DE
PROXIMIDAD
50<índice>Ámbito de los cuidados, asistencia personal y servicios de proximidad
Los trabajos de cuidados, relacionados con las necesidades de limpieza, alimentación o cuidado de las
personas dependientes, suelen ser tareas poco valoradas, invisibles y en muchos casos no remuneradas.
Y son desempeñadas, en su inmensa mayoría, por mujeres.
Las dinámicas actuales de vida conllevan una importante y variada demanda para cubrir estos trabajos:
para ayudar a las familias a cuidar de sus mayores, para hacerse cargo de los menores o para la realización
de las tareas domésticas. La correcta cobertura de estas necesidades es imprescindible para el buen
funcionamiento y organización de la vida social y, en muchos casos, contribuyen a facilitar la conciliación
laboral y familiar.
Son actividades intensivas en mano de obra y uno de los sectores de actividad económica y de generación
de empleo potencialmente más interesante de los existentes en el Sector Servicios. Como indica el
“XVIII Dictamen del Observatorio de la Dependencia”, de marzo de 2018, “este es un sector que está
generando un total de 36 empleos directos, estables y no deslocalizables por cada millón de euros de
gasto público”, y con importantes tasas de retorno y “recuperación del gasto público en 2017 en torno
al 0,397”, lo que supone que “por cada 100 euros de gasto público en Dependencia se recuperaron
directamente unos 40 euros”.
Las personas que trabajan en el ámbito doméstico, en su inmensa mayoría mujeres y muchas de ellas inmigrantes,
son un colectivo que sufre particulares situaciones de
desprotección y de abusos en el trabajo. Este ámbito laboral
es un entorno en el que personas en PLD, también pueden
encontrar oportunidades de empleo, siendo necesario
promover la mejora de las condiciones laborales. El Convenio
189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la
Recomendación 201 sientan la base normativa para mejorar las
condiciones de trabajo y de vida de las personas empleadas en
una actividad laboral que desde siempre ha sido subvalorada. Es un Convenio que, aunque no ratificado
aún por España, sirve de referencia para establecer la hoja de ruta para el avance en la mejora de las
condiciones laborales de este colectivo.
En nuestra economía terciarizada, su ámbito de aplicación abarca una amplia gama de servicios de
cuidados y a una categoría numerosa y creciente de personas trabajadoras que suelen ser migrantes o
miembros de colectivos desfavorecidos. Su trabajo es a menudo poco reconocido, y su vulnerabilidad
laboral y social es de las más altas del mercado de trabajo.
En particular, se promoverá el avance del derecho de la libertad sindical y de asociación de las personas
que trabajen en el ámbito doméstico. Igualmente, en el seno de una mesa técnica, se avanzará para que
disfruten de condiciones de empleo más equitativas y unas condiciones de trabajo más decentes.
Entre las medidas para mejorar la situación de las personas
en PLD y de aquellas en situación de vulnerabilidad ante el
empleo, adquiere gran importancia la recuperación de la
financiación, a cargo de la Administración General del Estado,
de las cuotas del Convenio Especial de los cuidadores no
profesionales de las personas en situación de dependencia.
Esta medida afectará a alrededor de 180.000 personas de las
que el 90% son mujeres.
En este sentido, el Gobierno ha aprobado el ‘Real Decreto-ley
6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía
de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y
hombres en el empleo y la ocupación’, que modifica el ‘Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado
MEDIDA 38
PROMOCIÓN DEL TRABAJO
DECENTE EN EL ÁMBITO DEL
TRABAJO DOMÉSTICO
MEDIDA 39
CUALIFICACIÓN Y
ACREDITACIÓN DE
COMPETENCIAS DE
LOS CUIDADORES NO
PROFESIONALES DE
PERSONAS EN SITUACIÓN DE
DEPENDENCIA
51<índice>por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre’, afectando a la vigencia de los Convenios
Especiales en el Sistema de la Seguridad Social de los cuidadores no profesionales de las personas en
situación de dependencia y al régimen jurídico de dichos Convenios. Con esta decisión se recupera una
medida implantada en 2007 y derogada por Decreto en 2012.
A partir del 1 de abril de 2019 los convenios especiales que se suscriban según lo previsto en el ‘Real
Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las
personas en situación de dependencia’, se regirán íntegramente por lo dispuesto en dicho Real Decreto.
Las cuotas a la Seguridad Social y por Formación Profesional establecidas cada año en función de lo
previsto en el artículo 4 del citado Real Decreto serán abonadas conjunta y directamente por el Instituto
de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) a la Tesorería General de la Seguridad Social.
De esta manera, se pone en valor la figura del cuidador no profesional de personas en situación de
dependencia, quien en muchos casos se ve abocado a abandonar su puesto de trabajo, y por tanto
a interrumpir su carrera de cotización a la Seguridad Social, para cuidar de la persona dependiente,
convirtiéndose en una persona en PLD sin reconocimiento de una tarea que constituye, de hecho, una
verdadera ocupación. Esta medida viene a hacer justicia a este colectivo, que está formado en su inmensa
mayoría por mujeres, ya que tradicionalmente son ellas las que asumen los cuidados de las personas
dependientes.
El Sistema Nacional de Empleo, concretará dentro de los Planes Anuales de Política de Empleo un
Programa de políticas activas de empleo para la realización de una campaña específica para la divulgación
de esta medida y la adopción de las medidas necesarias para promover la formación profesional de
este colectivo de cuidadores no profesionales en el marco del Catálogo Nacional de las Cualificaciones
Profesionales y el correspondiente Catálogo Modular de Formación Profesional gestionado por el Instituto
Nacional de las Cualificaciones (INCUAL). Con ello se mejorará la prestación de los cuidados y servicios
en el presente y se facilitará la continuidad profesional de este colectivo en el sector de actividad de
cuidados personales en el futuro.
Según el Convenio 189 de la OIT, a la espera de ser ratificado por España, la expresión “trabajo doméstico” designa el
trabajo realizado en un hogar u hogares o para los mismos, y
la expresión trabajador doméstico designa a toda persona,
de género femenino o género masculino, que realiza un trabajo
doméstico en el marco de una relación de trabajo.
Igualmente establece que todo trabajador doméstico, tiene
derecho a un entorno de trabajo más seguro y saludable.
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo,
elaborará una Guía Práctica de identificación y evaluación de
riesgos laborales en el hogar familiar.
MEDIDA 40
ELABORACIÓN DE
UNA GUÍA PRÁCTICA
DE IDENTIFICACIÓN,
PREVENCIÓN, Y EVALUACIÓN
DE RIESGOS LABORALES EN
EL HOGAR FAMILIAR
52<índice>OBJETIVO 4: OTRAS MEDIDAS DE FOMENTO DEL EMPLEO
En el año 2018 se realizaron 21,5 millones de nuevas
contrataciones. De ellos el 93,3% (20,0 millones) fueron
contratos temporales, el 34,8% (7,5 millones) fueron contratos
a tiempo parcial, y el 39,8% (8,5 millones) tuvieron una duración
de hasta 30 días. El contrato más utilizado, 1 de cada 3 nuevos
contratos realizados, fue el contrato temporal a tiempo parcial.
De los contratos a tiempo parcial, el 59,5% (4,4 millones), 3
de cada 5 contratos, fueron suscritos por mujeres: el 58,3%
del ‘Eventual por Circunstancias de la Producción’, el 55,9%
del ‘Obra o Servicio’, el 82,5% del ‘Interinidad’ y el 62,0% del
‘Indefinido’. Es evidente que, en la contratación a tiempo
parcial, no querida por la gran mayoría de los que la sufren,
y que afecta en un 60% a las mujeres, está el germen de la
‘brecha salarial’ entre hombres y mujeres.
Por tanto, se promoverá que el uso de la contratación temporal se ajuste al principio de causalidad,
evitando su uso abusivo, y, en colaboración con la ITSS, incrementando el control más efectivo de la
misma, promoviendo límites a la duración de los contratos temporales del mismo trabajador con el mismo
empresario; fomentando la contratación a jornada completa y evitando las enormes diferencias
(60%-40%) entre mujeres y hombres en este tipo de contratación; y apostando y potenciando la
contratación indefinida.
Se consolidará e impulsará el papel que desarrollan las empresas de trabajo temporal en la gestión de la
temporalidad, como gestores profesionales autorizados que contribuyen a la mejora de la empleabilidad
de los colectivos por ellas contratados, aportando garantías de formación y prevención adecuadas para
todos los trabajadores.
Si bien el nivel de paro de larga duración, como el de desempleo general, ha descendido en los últimos años, continúa siendo
un reto mantener esta tendencia positiva. Buena parte del paro
es de larga duración (en el tercer trimestre de 2018, la tasa de
paro de este colectivo en España era del 6,1%, mientras que en
la UE- 28 era del 2,8 %), por lo que la atención a las personas
desempleadas de larga duración es crucial para mejorar el
nivel de empleo de este colectivo, especialmente vulnerable,
ya que con la prolongación de la situación de desempleo se
pierden paulatinamente las posibilidades de reinserción en
el mercado laboral, lo que supone una amenaza notable a la
cohesión social.
En este sentido, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes
de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, que se inserta
dentro de las medidas adoptadas con el objetivo de luchar contra la precariedad, el paro y la pobreza
laboral, actuando sobre el colectivo de personas en situación de desempleo de larga duración.
A dichos efectos, en el artículo 8 del citado Real Decreto-Ley se introduce un incentivo para los empleadores
que contraten indefinidamente a personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos 12
meses en los 18 meses anteriores a la contratación. Dicho incentivo a la contratación de PLD será una
bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social por trabajador contratado de 108,33 euros/mes
(1.300 euros/año) durante un periodo de 3 años. Cuando estos contratos se concierten con mujeres, las
bonificaciones indicadas serán de 125 euros/mes (1.500 euros/año) durante el mismo periodo de tiempo.
Y si el contrato se celebra a tiempo parcial las bonificaciones se disfrutarán de manera proporcional a la
jornada de trabajo pactada en el contrato.
MEDIDA 41
REFORZAR LA CAUSALIDAD
DE LA CONTRATACIÓN
TEMPORAL Y DEL CONTRATO
A TIEMPO PARCIAL
MEDIDA 42
INCENTIVAR LA
CONTRATACIÓN INDEFINIDA Y
ESTABLE DE LAS PERSONAS
PARADAS DE LARGA
DURACIÓN
53<índice>Para la aplicación de este incentivo la empresa deberá mantener en el empleo al trabajador contratado al
menos 3 años desde la fecha de inicio de la relación laboral y mantener el nivel de empleo en la empresa
alcanzado con el contrato durante, al menos, 2 años desde su celebración.
Los Servicios Públicos de Empleo, en su tarea de intermediación laboral, promoverán la realización de
este tipo de contratos dirigidos a las personas en PLD.
Estos Programas se podrán desarrollar tanto en ámbitos
urbanos como rurales, manifestando hasta la fecha unos
buenos resultados en ciudades medias.
Para todos aquellos programas de contratación para
actividades de interés preferente y utilidad pública, ya sean en
el ámbito rural o urbano, en pequeños municipios, ciudades
medianas o grandes distritos de ciudades se consolidará
un marco de seguridad jurídica para los ayuntamientos y
entidades públicas participantes, desarrollando un modelo
de contrato, cuya utilización esté reservada a las instituciones y entidades públicas que contraten a
personas que sufren el paro de larga duración, derivadas a estos programas por los Servicios Públicos
de Empleo. De manera que esta contratación asegure que una parte de la jornada se dedica a formación,
acompañamiento u orientación para el empleo.
Dichos contratos no computarían en el cálculo de las plantillas de las entidades y la selección de las
personas trabajadoras no se regiría por el principio de mérito, sino por necesidad o derivación de los
servicios sociales y los servicios de empleo. Se trata de regular una relación laboral, cuyo único objetivo
será favorecer que las personas en situación de PLD retomen el contacto con el mundo laboral y favorecer
que las personas en situación de PLD retomen el contacto con el mundo laboral para aumentar su
empleabilidad y favorecer su reincorporación laboral en otro empleo.
Al tratarse de materia de contratación laboral se llevará al marco del nuevo Estatuto de los Trabajadores
y Trabajadoras, proponiendo su estudio a la Comisión de Expertos y Expertas, y se propondrá para
acuerdo en la Mesa del Diálogo Social.
MEDIDA 43
PROGRAMAS DE
CONTRATACIÓN PARA
ACTIVIDADES DE UTILIDAD
PREFERENTE E INTERÉS
PÚBLICO
54<índice>El fomento de la contratación de personas con discapacidad
Las personas con discapacidad soportan un riesgo de pobreza y/o exclusión mucho más elevado que
aquellas que no tienen discapacidad. Entre los factores que influyen para este mayor riesgo de pobreza
y/o exclusión son la dificultad para el acceso al mercado de trabajo y la carga económica que supone
la discapacidad para las familias. El 17,1% de las personas ocupadas con discapacidad son pobres.
Aunque el empleo de las personas con discapacidad está protegido, tampoco el trabajo les preserva de
la pobreza.
Con las medidas contenidas en este PLAN, procuraremos encontrar soluciones a las personas paradas
de larga duración con discapacidad, pues esta condición incrementa sustancialmente su grado de
vulnerabilidad.
Todas estas medidas serán acordadas con el Departamento ministerial competente en materia de función
pública.
La Ley de Contratos del Sector Público refuerza de modo relevante la dimensión social e inclusiva de la contratación
pública.
La nueva Ley de Contratos del Sector Público ha servido para
trasponer diferentes Directivas europeas al ordenamiento
jurídico español, permitiendo que se incluyan diferentes
reivindicaciones del ‘Comité Español de Representantes de
Personas con Discapacidad (CERMI)’ y de la ‘Plataforma
del Tercer Sector (PTS)’.
Aunque se ha aceptado la petición de prohibir hacer
contrataciones con empresas que no cumplan con la cuota
mínima de reserva del 2% de puestos de trabajo para personas
con discapacidad, no se ha aceptado la exclusión de acceso
a subvenciones a las empresas que no cumplan con esa
exigencia.
Se hace mención expresa a la inserción sociolaboral de personas con discapacidad y el nuevo texto
legal recoge disposiciones suficientes que obligan a que en los pliegos de licitación y en las fases de
contratación se cumplan los requisitos de accesibilidad universal.
Además, se fija un porcentaje mínimo de reserva de contratos con los Centros Especiales de Empleo
por parte de la Administración General del Estado (AGE), a nivel autonómico y local deberán ser dichas
administraciones quienes establezcan dicho umbral mínimo.
Los servicios públicos de empleo autonómicos y locales realizarán el seguimiento de esta modalidad
de contratación, impulsando las buenas prácticas en la contratación tanto en los Centros Especiales
de Empleo de iniciativa social como en las empresas de inserción reguladas, tal y como se recoge en la
Medida 27 de este PLAN.
Se fomentarán convocatorias específicas de empleo público para personas con discapacidad intelectual, garantizando la
cobertura efectiva de un mínimo del 2% de la tasa de reserva
para personas con discapacidad intelectual.
Se mejorará la visibilidad de las ofertas públicas que convocan
tanto las Administraciones Públicas como las entidades del
Sector Público Institucional.
MEDIDA 44
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
DEL CUMPLIMIENTO DE
LA LEY DE CONTRATOS
DEL SECTOR PÚBLICO, EN
MATERIA DE CONTRATACIÓN
Y CONDICIONES DE EMPLEO
DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD, EN TODAS
LAS ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
MEDIDA 45
FOMENTO Y VISIBILIDAD
DE LAS OFERTAS DE
EMPLEO PÚBLICO PARA
LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD
55<índice>Se propondrá el incremento de la tasa de reserva para personas
con discapacidad en todas las ofertas de empleo público.
Se propondrá aumentar el límite máximo acumulable de
plazas de reserva (actualmente el límite es del 10%, según
establece el artículo 3.2 del Real Decreto 2271/2004 por el
que se regula el acceso al empleo público y la provisión de
puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
Se evaluará anualmente, el cumplimiento de la normativa
actual de reserva de empleo para personas con discapacidad
en las distintas Administraciones Públicas y otros organismos
de carácter público, de acuerdo con el procedimiento vigente.
5.4. Eje 4 Igualdad de oportunidades en el acceso al
empleo
Este Eje del PLAN REINCORPORA-T comprende las siguientes medidas:
Las mujeres rurales suman un total de 5 millones de personas.
Por tanto, es un colectivo importante y clave desde todos los
puntos de vista: empleo, dignificación de las condiciones de
trabajo, mantenimiento y fijación de la población en el mundo
rural que afecta a miles de municipios españoles.
En este contexto se desarrollarán por parte de los Servicios
Públicos de Empleo y las Administraciones Locales
actuaciones en favor de las mujeres en entornos rurales, tales
como acciones formativas, especialmente en tecnologías TIC
y nuevos sectores de futuro, aprovechando las posibilidades de las nuevas tecnologías y con monitores
y tutores con posibilidad de enseñanza online. No obstante, la formación online debe ser una opción
más y no la única porque el entorno rural tiene hoy una conectividad muy deficiente o inexistente en
grandes zonas del país, lo que es obligado corregir para garantizar la igualdad de acceso a las nuevas
tecnologías. En esta línea de actuación, se impulsará un programa específico para la adquisición de
competencias digitales por parte de las mujeres en el mundo rural.
Se modificará la actual normativa para facilitar, entre otras, la formación con certificado de profesionalidad.
Actualmente se exigen unos requisitos para la acreditación de aulas que no cumplen la mayoría de los
espacios donde se pueden impartir los cursos, de modo que urge su flexibilización, es por ello que se ha
adoptado recientemente la Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, por la que se regula el Registro Estatal
de Entidades de Formación del Sistema de Formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. Y
está previsto también en el medio plazo continuar con el proceso de revisión de las normas que pudieran
estar impidiendo un mejor aprovechamiento de los centros propios de las Administraciones Públicas
competentes para impartir formación profesional para el empleo.
Se trata de apegar la formación profesional al terreno y eso es incompatible con exigir en el medio rural
los requisitos que se piden en un centro de formación urbano, difíciles o imposibles de garantizar en una
gran parte del medio rural: accesibilidad universal, aseos diferenciados por sexos, metros cuadrados de
las aulas. Ello dificulta la acreditación de las aulas pese a existir alumnado y profesorado comprometidos,
impidiendo la celebración de los cursos. Sería lógico flexibilizar los criterios relacionados con el nivel de
confort (que no con la calidad de la enseñanza impartida), porque no es posible cubrir todo el ámbito
rural con aulas móviles, especialmente en los municipios de hasta 5.000 habitantes, que son la inmensa
mayoría en España.
Para facilitar la actividad formativa, además de flexibilizar los requisitos en el ámbito de la logística de la
MEDIDA 46
AMPLIACIÓN DE LA TASA DE
RESERVA PARA PERSONAS
CON DISCAPACIDAD EN
LAS ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS Y SECTOR
PÚBLICO INSTITUCIONAL
MEDIDA 47
APOYO A LA MUJER EN EL
ENTORNO RURAL
56<índice>impartición, se establecerán vías de cooperación entre los Servicios Públicos de Empleo, las Comunidades
Autónomas y las Corporaciones Locales o Diputaciones, en coordinación con los programas impulsados
por el Comisionado del Gobierno para el Reto Demográfico, facilitando los instrumentos para que las
Entidades Locales consigan la acreditación de sus propios espacios públicos como entidades formativas
por parte de las administraciones competentes. Este puede ser el caso de instalaciones municipales y
también de las Escuelas o de los Institutos que existen en su territorio.
Se facilitará el acceso a las ayudas para la incorporación a actividades agrarias. En este sentido, se tendrá
en cuenta, para corregir las actuales ineficiencias, que las ayudas contempladas en la Política Agraria
Común (PAC) están limitadas a jóvenes (hasta 40 años) y las gestionan las Comunidades Autónomas.
Finalmente, con el objetivo de facilitar la incorporación de las mujeres al trabajo autónomo, se adquiere
el compromiso de establecer mecanismos que faciliten el acceso a la financiación, que es el factor más
limitante a la hora de emprender.
Existe un fuerte impacto negativo de género en el ámbito de los cuidados a las personas que se evidencia a través de dos
hechos:
• Muchas mujeres se convierten en cuidadoras por imposición
de circunstancias económicas y sociales, y no por libre
elección.
• No existe un reparto equitativo de labores de cuidado entre
los hombres y las mujeres, generando evidentes situaciones
de desigualdad.
Los Servicios Públicos de Empleo promoverán actuaciones específicas, en colaboración con la ITSS, de
seguimiento del empleo doméstico, para contribuir a garantizar un trabajo digno y la protección de las
personas desempleadas que se incorporan a estas ocupaciones.
Se proponen actuaciones dirigidas a garantizar la calidad y el
mantenimiento del empleo en el mercado ordinario de trabajo,
para mujeres con reconocidos factores de vulnerabilidad
social y dificultades de inserción laboral.
Se establecerá un conjunto de acciones de orientación y
acompañamiento individualizado, en las que se procurará,
para su efectividad, la máxima coordinación entre el orientador
de referencia y los técnicos responsables de los servicios
sociales como garantía del éxito de dichas acciones.
Se establecerá la correspondiente colaboración con la ITSS en
el marco del Plan Director por el Trabajo Digno para garantizar
el buen resultado de las distintas actuaciones de igualdad de
oportunidades dirigidas a las mujeres socialmente vulnerables.
MEDIDA 48
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO
A PERSONAS TRABAJADORAS
EN EL ÁMBITO DE LOS
CUIDADOS EN EL ENTORNO
DOMÉSTICO
MEDIDA 49
PROGRAMA DE SEGUIMIENTO
DE LA CONTRATACIÓN, EN
EL MERCADO ORDINARIO,
DE MUJERES CON LA
CALIFICACIÓN DE “SITUACIÓN
DE EXCLUSIÓN SOCIAL”.
57<índice>5.5. Eje 5 Emprendimiento
La actividad por cuenta propia, tanto de forma individual (trabajo autónomo), como colectiva (en las
diferentes fórmulas jurídicas de la economía social), se ha convertido en los últimos años en un eje
fundamental para el desarrollo de un empleo estable. Hoy más de un 18% de la población ocupada
realiza su actividad a través de estos sistemas.
Según los datos de la Seguridad Social, la edad media de puesta en marcha de estas iniciativas está
en el entorno de los 40 años. El incremento del emprendimiento en personas mayores de 45 años o en
el caso de mujeres, está relacionado con la propia situación de desplazamiento del mercado laboral.
Este emprendimiento “por necesidad”, tras periodos previos de empleo por cuenta ajena o por una
situación prolongada de desempleo, requiere de la articulación de apoyos institucionales y sociales para
incrementar las posibilidades de viabilidad de las iniciativas.
Debe considerarse el origen de la actividad emprendedora para facilitar las distintas acciones de apoyo.
Según el ‘Balanced Scorecard GEM2 España 2017-2018’, el 68,5% de las iniciativas aprovechan la
oportunidad de un negocio detectado, un 28,3% responden a iniciativas creadas por falta de alternativas
de empleo (el año 2009 las personas que emprendían por nece¬sidad apenas representaban el 15%)
y un 3,2% son iniciativas creadas por otros motivos. Según la generación de empleo, el 59,2% son
iniciativas sin empleados, el 34,6% tiene entre 1 y 5 empleados, el 3,5% tiene entre 6 y 19 empleados
y solo el 2,7% de las iniciativas tiene 20 o más empleados. Según el sector de actividad el 52,2% de
las iniciativas se orienta al consumo, el 27,0% al sector de servicios a las empresas, el 17,3% al sector
transformador, y el 3,5% de las iniciativas emprendedoras al sector extractivo o primario.
La tasa de emprendimiento femenino, según el ‘Informe Mundial GEM 2018/19’, revela que en España
la Tasa de Actividad Emprendedora3 femenina ha vuelto a aumentar (de 5,6% a 6,0%) y la brecha entre
hombres y mujeres a la hora de emprender ha disminuido por sexto año consecutivo. En la actualidad, 9
mujeres inician negocios por cada 10 hombres, una cifra que supera la media de Europa, donde sólo se
cuentan 6 mujeres por cada 10 hombres emprendedores.
A pesar de las dificultades objetivas, este modelo de empleo resulta bastante estable: una media de más
de cinco años en el trabajo individual y una fuerte resistencia demostrada en las cooperativas y empresas
laborales que durante la crisis mantuvieron empleo: un 20% más que el resto de las empresas ordinarias.
² GEM: Global Entrepreneurship Monitor, observatorio internacional que con carácter anual analiza el fenómeno emprendedor
3 Tasa de Actividad Emprendedora: Total Entrepreneurial Activity – TEA que mide las ideas de negocio que tienen hasta 3,5 años
de vida entre la población de 18 a 64 años.
58<índice>El Intergrupo Social Economy Europe (SEE) del Parlamento Europeo, en el documento “El futuro de
las políticas europeas para la Economía Social”, apuesta por una Unión Europea decidida a promover el
progreso económico y social para sus pueblos, y reconoce el papel clave de la economía social como
líder global en:
• Una economía diversa al servicio de las personas. Una economía democrática, sostenible e
inclusiva, fuertemente comprometida con la sociedad.
• Un ecosistema más favorable para el desarrollo de la economía social, que seguirá ofreciendo
respuestas innovadoras a las demandas sociales.
• La participación de la economía social en el desarrollo e implementación de las principales políticas
socioeconómicas de la Unión Europea.
Dentro del Eje 5 Emprendimiento del PLAN REINCORPORA-T están las siguientes medidas:
Tanto en el ámbito urbano como en el rural, el autoempleo
debe dejar de ser la asignatura pendiente en los Servicios de
Orientación para el Empleo.
Se fomentarán en los Servicios Públicos de Empleo las buenas
prácticas en los servicios de autoempleo y emprendimiento
con orientadores y equipos técnicos especializados y en el
marco de colaboración con entidades de la economía social,
del trabajo autónomo y de las Administraciones Locales. Se
buscarán fórmulas de colaboración entre los Servicios Públicos
de Empleo y los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE), de
manera que los PLD tengan la posibilidad de constituir una
empresa mediante el asesoramiento de los PAE.
El Itinerario Individual y Personalizado de Empleo (IPE) de cada desempleado deberá contemplar un
apartado sobre motivación y oportunidades de iniciativas de autoempleo, con los servicios y actuaciones
que se consideren pertinentes.
Entre otras actuaciones, los apoyos técnicos atenderán de manera específica y prolongada en el tiempo
los aspectos de cada iniciativa de emprendimiento relacionados con la viabilidad y sostenibilidad
económica, las dimensiones financieras y los modelos gerenciales.
MEDIDA 50
PROMOCIÓN DEL
AUTOEMPLEO Y
EMPRENDIMIENTO
COLECTIVO
59<índice>Las iniciativas de autoempleo y las de economía social,
en general, nacen y tienen un fuerte arraigo local y,
mayoritariamente, son actividades centradas en el sector
de servicios. Muchas de sus actividades están vinculadas a
experiencias territoriales, a las necesidades de las personas
y de las comunidades. Es conveniente apoyar las iniciativas
de autoempleo y economía social favoreciendo la seguridad y
certeza a los cooperativistas y a las empresas usuarias.
El desarrollo de la economía social en el ámbito local aporta valores imprescindibles, como son:
a) Relevo generacional en los negocios tradicionales.
b) Oferta de servicios en zonas en riesgo de despoblación.
c) Factor de mantenimiento de población en los ámbitos rurales.
d) Generación de nueva actividad entre las mujeres, en particular en el ámbito rural.
e) Sostenibilidad y apoyo al medio ambiente.
f)
Transferencia de tecnologías al medio rural.g) Resistencia frente a la deslocalización.
Todos estos valores promueven en particular el trabajo entre la población de mayor edad, más vinculada
a su territorio, y permiten innovaciones en el modelo de actividad.
Los Municipios y los Programas de Desarrollo Local se han
convertido en el eje central de promoción y seguimiento de
nuevas iniciativas vinculadas al tejido territorial.
Deben potenciarse las iniciativas privadas, ya puestas en
marcha, que permiten el contacto entre empresas y sus
servicios en común a través de lanzaderas de nuevos empleos;
servicios de asistencia técnica, financiera y tecnológica;
modelos de comercialización online; centrales colectivas de
suministros; etc.
En este marco, la colaboración público-privada es sustancial,
ya que son las entidades especializadas en la Economía
Social y el Trabajo Autónomo las que pueden ofrecer su saber
hacer en esta materia y aportar sus conocimientos, tanto a los
Servicios Públicos de Empleo como a las agencias de colocación, en los programas de recolocación o
en la captación de nuevo talento para la actividad por cuenta propia y emprendedora.
Resulta habitual que las personas paradas mayores de
cuarenta y cinco años retornen a sus poblaciones de origen,
donde consideran que encontrarán mayor cobertura social y
familiar. Por ello, estos programas deben dirigirse en particular
a mantener esta población con nuevo empleo y autoempleo.
Además, estos programas deben atraer nuevas iniciativas, en
especial entre la población inmigrante que ya sufre este efecto
del paro de larga duración, y que puede estar más preparada
para abordar los trabajos que ofrece el mundo rural.
Las ayudas que fomenten el autoempleo y la economía social tendrán mayor intensidad cuando las
actividades se implanten en localidades con población inferior a 5.000 habitantes, como medio para
MEDIDA 52
EL MARCO LOCAL PARA
INICIATIVAS COLABORATIVAS
DE ORIENTACIÓN Y
ATENCIÓN PERSONALIZADA:
LANZADERAS DE
EMPLEO, SERVICIOS
DE ASESORAMIENTO Y
MENTORING PARA INICIATIVAS
DE EMPRENDIMIENTO
MEDIDA 53
DESARROLLO RURAL Y
EMPRENDIMIENTO
MEDIDA 51
DESARROLLO LOCAL Y
ECONOMÍA SOCIAL
60<índice>que la aparición de la actividad emprendedora sea más atractiva en las zonas con un menor dinamismo
económico y, además, propicie un mayor equilibrio entre el empleo rural y urbano.
El crecimiento de las redes de economía social y solidaria en
los últimos años ha desarrollado una serie de herramientas
propias para el apoyo, visibilización y fortalecimiento de sus
iniciativas.
Desde las administraciones competentes se podrá promover
la reorientación, en su caso de los objetivos de las Sociedades
Públicas de Aval y Reaval, con el fin de que tengan en cuenta
las condiciones especiales de las iniciativas de autoempleo
y se conviertan en instrumentos realmente eficaces para
la financiación del nuevo emprendimiento, siempre en cooperación con la Compañía Española de
Reafianzamiento (CERSA), dependiente de la Dirección General de Industria y de la PYME, del Ministerio
de Industria, Comercio y Turismo.
Desde las Administraciones Locales se fomentarán los Mercados Sociales, como un instrumento de
intercambio de bienes y servicios de la Economía Social y Solidaria para la difusión de sus iniciativas, la
consolidación de espacios de intercooperación y la optimización de los flujos de creación de valor hacia
circuitos económicos locales.
Igualmente se propone el apoyo a los nuevos instrumentos financieros de la economía social y
solidaria que han demostrado una alta efectividad en la creación de empleo, consiguiendo otros efectos
complementarios de tipo social (fortalecimiento de la intercooperación, creación de redes…), cultural y
psicosocial (aumento de la confianza en uno mismo, mayor cohesión y apoyo entre los socios, impulso
a la participación de la mujer…), y de sostenibilidad ambiental.
Estos instrumentos financieros, tipo “bancos éticos” o “entidades de crédito de redes” se orientan a
pequeños y muy pequeños emprendedores, con un alto potencial de generación de empleo y normalmente
en sectores innovadores (social, medioambiental y local).
Se trata de instrumentos híbridos, económicos y sociales, que al mismo tiempo suelen ofrecer servicios
adicionales a lo que es la intervención financiera, siendo ésta una característica que los diferencia
claramente de los bancos tradicionales. Estos servicios de asesoría legal y de gestión, de preparación
de un plan empresarial, de análisis de mercado y consejo estratégico, explican la baja tasa de fracasos
y morosidad que registran.
Para el mejor desarrollo del PLAN, se fomentarán acuerdos de colaboración desde los Servicios Públicos de Empleo con
la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía
Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas,
fomentando la cultura emprendedora a través de servicios
de asistencia, información y asesoramiento, promoviendo
medidas de apoyo institucional y llevando a cabo distintas
actuaciones de orientación para el empleo y el autoempleo.
Todas las medidas contempladas en este Eje 5 de
Emprendimiento, se complementarán con los Programas
y actuaciones en el ámbito del fomento de la iniciativa
emprendedora, puestas en marcha por la Dirección General de Industria y de la PYME, del Ministerio
de Industria, Comercio y Turismo, relacionadas con el Marco estratégico de la PYME, el Programa de
creación de empresas, el Plan de apoyo a la transmisión de empresas y la plataforma PYME, así como
con el Ministerio de Economía y Empresa a través de la Secretaría de Estado para el Avance Digital,
en relación con las medidas diseñadas dentro de la Estrategia España Nación Emprendedora para el
fomento del emprendimiento de carácter tecnológico, el impulso y atracción del talento emprendedor
en tecnología –particularmente entre las mujeres-, y la formación y capacitación en habilidades STEM.
MEDIDA 54
APOYO A LA ECONOMÍA
SOCIAL Y SOLIDARIA
MEDIDA 55
EDUCACIÓN Y
SENSIBILIZACIÓN PARA EL
FOMENTO DE UNA CULTURA
DE EMPRENDIMIENTO Y LA
ECONOMÍA SOCIAL
61<índice>5.6. Eje 6 Mejora del marco institucional
Este Eje recoge las actuaciones dirigidas a la mejora de la gestión, colaboración, coordinación y
comunicación dentro del Sistema Nacional de Empleo y el impulso para su modernización. Por su propia
naturaleza, los objetivos de este Eje son instrumentales, en la medida en que su cumplimiento tendrá
como resultado una mayor eficacia de los Servicios Públicos de Empleo en los objetivos finalistas de
activación e inserción.
Dentro de este Eje se proponen las siguientes medidas:
La puesta en marcha de las medidas de este PLAN,
especialmente las vinculadas al Eje 1 de Orientación, debe
abordarse desde una mejora de los recursos humanos del
sistema público de empleo que permita una reorganización
de los servicios orientada a la intensificación de la atención
prestada a los desempleados, la especialización de los
técnicos, la incorporación de nuevas metodologías de
acompañamiento de procesos y la ampliación de bandas de
prestación de servicios. Así como el refuerzo de las acciones
orientadas a la captación y gestión de ofertas de empleo de
las empresas, propiciando el acercamiento a sus necesidades
y buscando su compromiso, especialmente, en la contratación
de personas desempleadas de larga duración, principalmente
mayores de 50 años, y mujeres, como contribución activa a su
faceta de Responsabilidad Social Corporativa.
Las distintas mejoras introducidas en el Sistema de Empleo relativas a la inscripción telemática,
actualización y gestión de datos en el registro, uso de aplicaciones móviles y otras actuaciones que
potencian el uso de las redes sociales, deberán contemplar la brecha digital y otras dificultades de
accesibilidad telemática existentes para colectivos, como el de las personas mayores de 45 años, o por
motivos tecnológicos, como la falta de señal en determinados espacios rurales. Los Servicios Públicos
de Empleo adaptarán sus canales de comunicación para favorecer la accesibilidad a la información de
todos los usuarios.
MEDIDA 56
MODERNIZACIÓN
E INNOVACIÓN DE
LAS ESTRUCTURAS
ORGANIZATIVAS Y
MODALIDADES DE ATENCIÓN
Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE EMPLEO
62<índice>Desde los Servicios Públicos de Empleo, se llevarán a cabo las
actuaciones correspondientes para ncrementar a participación
de los interlocutores sociales y mejorar la colaboración con los
agentes que trabajan en el ámbito del empleo, todo ello en los
términos recogidos en la Ley de Empleo.
Se reforzará a cooperación nstitucional de as Administraciones
Públicas en el ámbito de la Administración General del Estado
(AGE) y de las Comunidades Autónomas (CC.AA.), con los
servicios sociales, para garantizar una atención específica
y más adecuada para los colectivos socialmente más
vulnerables.
Se establecerán sistemas de colaboración con el mundo rural,
que favorezcan la participación de las localidades de menor
población en el desarrollo de acciones para la mejora de la
empleabilidad y el fomento del empleo, y, así, contribuir a evitar
el despoblamiento de los municipios, fijando la población al
territorio.
Se fomentarán los acuerdos de colaboración entre los Servicios
Públicos de Empleo a todos los niveles y la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social (ITSS) para garantizar la correcta
aplicación de las medidas contenidas en este Programa y en
el Plan Director por el Trabajo Digno.
Asimismo, se solicitará a la ITSS que dentro de su ‘Programa
Integrado de Objetivos’, así como en el Plan Anual de Objetivos
que se desarrolla en convenio con el SEPE, se establezca
una actuación planificada para evitar el uso irregular de
la contratación a tiempo parcial con los trabajadores más
vulnerables ante el empleo y, especialmente, con las personas
en situación de paro de larga duración.
Intensificar el marco de colaboración con la ITSS facilitará su actuación ante cualquier situación de la
que tengan conocimiento los Servicios Públicos de Empleo y que pueda suponer una vulneración de
derechos fundamentales de los trabajadores más vulnerables y de precarización laboral.
En línea con el objetivo del Gobierno de promover la igualdad
efectiva de mujeres y hombres y la igualdad de trato y
oportunidades independientemente de cualquier circunstancia
personal y/o social, se incentivarán las medidas necesarias
para hacer efectiva dicha igualdad, generando oportunidades
de ocupación para las personas desempleadas de larga
duración y aquellas más vulnerables ante el empleo.
MEDIDA 58
REFORZAR LA COOPERACIÓN
INSTITUCIONAL,
ESPECIALMENTE CON LOS
SERVICIOS SOCIALES Y EL
ÁMBITO RURAL
MEDIDA 59
ACUERDOS DE
COLABORACIÓN CON LA ITSS
MEDIDA 60
PROMOVER LA IGUALDAD
EFECTIVA ENTRE MUJERES
Y HOMBRES Y LA IGUALDAD
DE TRATO POR CUALQUIER
CIRCUNSTANCIA PERSONAL
O SOCIAL
MEDIDA 57
PARTICIPACIÓN DE LOS
INTERLOCUTORES SOCIALES
Y COLABORACIÓN CON LOS
AGENTES QUE TRABAJAN EN
EL ÁMBITO DEL EMPLEO
63<índice>El SEPE ha de dirigir y ser el garante del desarrollo
y cumplimiento del PLAN REINCORPORA-T. Para
ello establecerá las correspondientes medidas de
seguimiento y control de las actividades del PLAN, así
como su evaluación y resultados.
En este marco se debe seguir la actividad de las
entidades, públicas y privadas, que gestionen las
acciones del PLAN. Hay que conocer quién lo hace,
qué se hace y cómo se hace; tanto cuando realizan las
tareas directamente los propios Servicios Públicos de
Empleo (SEPE y SPE-CC.AA.) – incluyendo la Alta Inspección sobre las competencias transferidas a
los SPE-CC.AA., su uso y resultados-, como cuando las realizan las entidades colaboradoras de los
Servicios Públicos de Empleo -agencias de colocación, empresas de recolocación y empresas de trabajo
temporal-, en la ejecución y desarrollo del conjunto de acciones propias de la Intermediación Laboral y
de las Políticas Activas de Empleo, señaladas en la Ley de Empleo.
Los Servicios Públicos de Empleo atesoran desde siempre mucha información que se debe utilizar para
la evaluación de resultados de los Programas y de las Políticas Activas de Empleo, lo que serviría para
producir la consiguiente mejora de éstas.
Además, a través del Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo, se deben elaborar
estadísticas sobre gestión del empleo y sus resultados. Donde se recoja la identidad de las entidades,
públicas y privadas, que participan en la gestión del empleo junto con su trayectoria y resultados
obtenidos. Toda esta información estadística será de conocimiento público y se incorporará al ‘Informe
Anual del SEPE’ (y a los correspondientes Informes o Memorias de los SPE-CC.AA.), y a las series
estadísticas del Ministerio responsable de las Políticas de Empleo.
En el marco del Sistema Nacional de Empleo se pondrá
en marcha un Estudio de trayectorias de las personas
en situación de PLD, que ayude a la elaboración de
un diagnóstico de situación más pormenorizado,
cuantitativa y cualitativamente. Este estudio de
trayectorias profesionales, de formación de éxito a
efectos de empleabilidad, de prospección y estudio de
competencias con mejor proyección de futuro, permitirá
nutrir las líneas de refuerzo de los diferentes programas
y servicios, que servirá como base a la Comisión de
Seguimiento del Plan REINCORPORA-T para realizar las
propuestas de mejora.
Se celebrarán dos Jornadas de Buenas Prácticas sobre
las experiencias de éxito en la reincorporación laboral
de personas que provenían de una situación de paro de
larga duración.
La primera de ellas tendrá lugar con carácter interno
entre los Servicios Públicos de Empleo para debatir
y poner en común esas Buenas Prácticas y ayudar al
impulso de las mismas en el marco del SNE y en las
que se debatirá también y acordará el Programas de
Acción de la Mesa Técnica contemplada en el presente
PLAN para promover la mejora de los procedimientos y
remover todos aquellos obstáculos que pudieran estar
obstaculizando una plena activación para el empleo de
las personas en situación de PLD.
MEDIDA 61
REFORZAR LAS ACTUACIONES
DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y
EVALUACIÓN
MEDIDA 62
ESTUDIO DE TRAYECTORIAS DE
PERSONAS EN SITUACIÓN DE PLD
MEDIDA 63
JORNADAS DE BUENAS
PRÁCTICAS
64<índice>06
Difusión del plan
Reincorpora-T
Con el objetivo y la necesidad de llegar al mayor número posible de Personas Desempleadas de Larga
Duración, se desarrollará y pondrá en marcha un Plan de Comunicación para la difusión del PLAN
REINCORPORA-T (a través de redes sociales, mediadores, etc.) que cuente con la colaboración de
distintas entidades e instituciones públicas, organizaciones sindicales y empresariales más representativas
(CCOO, UGT, CEOE, CEPYME), Sistema Nacional de Empleo (servicios públicos de empleo estatal y
autonómicos); animando a participar de forma activa en las distintas actividades y programas que se
impulsen, y poniendo en valor la inversión en recursos y presupuesto con los que el Ministerio dota al
PLAN e informando de los principales objetivos que se pretenden alcanzar.
65<índice>07
Impacto presupuestario
del plan Reincorpora-T
Todos los Programas y Medidas incluidas en el PLAN REINCORPORA-T tendrán el correspondiente
reflejo presupuestario, que ha de ser negociado con los interlocutores sociales -sindicatos y patronal-, y
las Comunidades Autónomas responsables de su ejecución.
Este PLAN se financiará con cargo a diversas aplicaciones presupuestarias consignadas en los estados
de gastos de diversos Ministerios, Organismos y Entidades.
En total se estima que el PLAN REINCORPORA-T se dotará con 4.000 millones de euros, de los cuales
781,2 millones corresponderán a los Presupuestos de 2019 y por tanto se consignarán en las dotaciones
previstas en los mismos. En los presupuestos de 2020 y 2021, se consignará el importe necesario para
alcanzar la cantidad total antes indicada.
De los 4.000 millones de euros citados, un total de 1.309 millones de euros corresponden a medidas
incluidas en el ámbito de las políticas de empleo, mientras que los 2.691 millones de euros restantes
corresponden a medidas que si bien se considera que favorecerán la mejora en las condiciones de
empleabilidad de las personas incluidas en el ámbito de aplicación de este PLAN, no se consideran
estrictamente políticas de empleo.
66<índice>El siguiente cuadro recoge la estimación del coste mencionado desglosado por ejes y medidas:
Cantidades en millones de euros
Eje
MedidaCantidad estimada
año 2019
Cantidad estimada
año 2020
Cantidad estimada
año 2021
CANTIDAD TOTAL
PRESU-PUESTO
2019
ORGA-NISMO
Orientación
Profesional
Refuerzo en la atención personalizada con medios
propios y con entidades
especializadas del tercer
sector
525252156241-A.454.70; 241-A.454.00
SEPELanzaderas
88824241-A.454.00 y 241-A.485.00
Participación de las Entidades
Locales en programas
de orientación y atención
personalizada
55515241-A.454.00; 241-A.485.00
Recolocación con agencias de
colocación y demás entidades
especializadas
32323296241-A.454.00 y 241-A.482.28
SUBTOTAL
979797291Formación
Profesional
Competencias básicas100105110315241-B.452.40; 241-B.452.80;
241-B.454.09;
241-B.457;
241-B.482.20;
241-B.483.00 y
000X.409.02
SEPECompetencias Digitales
444648138Sectores de interés preferente
e interés público
707070210Compromiso de contratación
88824Formación en el medio rural
15151545SUBTOTAL
237244251732Oportunidades de
empleo
Bonificación a la contratación de personas paradas de larga
duración
26100151277241-A.487.03SEPESUBTOTAL
26100151277Emprendimiento
Apoyo y fomento del trabajo autónomo, economía social y
emprendimiento
333919.101.241-A.454.06 y
19.101.241-
A.472.01
SUBTOTAL
3339SUBTOTAL POLÍTICAS DE EMPLEO
3634445021.309Otras medidas
Recuperación del subsidio para mayores de 52 años
3889931.1962.577251-M.480.01 y 251-M.487.01
SEPERecuperación de cotización de
personas dedicadas a labores
de cuidado familiar
304040110231-D.487*IMSERSOEvaluación, seguimiento y
publicidad del programa
0,230,84Cap. IISEPESUBTOTAL OTRAS MEDIDAS
418,21.0361.236,82.691TOTAL GENERAL
781,21.4801.738,84.000* Se ha estimado que un 10% del colectivo total serán PLD. En 2019, la medida tendrá una vigencia de 9 meses y en 2020
y 2021 de 12 meses
En todo caso, los compromisos que se deriven de la aplicación de este PLAN quedan condicionados a
las disponibilidades presupuestarias existentes en los ejercicios 2019, 2020 y 2021, de acuerdo con la
senda de consolidación fiscal fijada por el Gobierno.
Asimismo, en el caso de las actuaciones para las que resulten competentes las Comunidades Autónomas,
el contenido del presente PLAN no tendrá carácter obligatorio.
67<índice>08
Planificación y evaluación
En las actuaciones de planificación y evaluación del PLAN REINCORPORA-T participarán los interlocutores
sociales. Se elaborará un plan anual de actuación, vinculado al ‘Plan Anual de Política de Empleo
(PAPE)’, en aquellas actuaciones de carácter autonómico, que será objeto de seguimiento trimestral.
Los profesionales responsables de las tareas de orientación laboral en el proceso de acompañamiento
del conjunto de beneficiarios en los distintos programas y medidas de este PLAN, incluirán entre sus
funciones las actuaciones necesarias que se establezcan para el seguimiento y evaluación continua
del PLAN, con independencia de que los PLD reciban la acción directamente a través de un servicio
público de empleo, o mediante cualquiera de las entidades o instituciones que participen en los distintos
programas y medidas contempladas en este PLAN.
El PLAN REINCORPORA-T se controlará bimestralmente y se someterá a una primera evaluación global
a los 12 meses de funcionamiento. Para fijar el progreso y evolución de los resultados del PLAN se
partirá de la estadística ‘Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2018’ sobre “Paro de
Larga Duración-PLD”. Hasta su conclusión, se efectuarán otras dos evaluaciones globales teniendo
como referencia la EPA del cuarto trimestre de 2020 y la EPA del cuarto trimestre de 2021, que servirá
de referencia para fijar los resultados del PLAN. Asimismo, se tendrán en cuenta otros datos de interés
como la estadística de “Afiliación de Trabajadores al Sistema de la Seguridad Social” y la “Estadística de
Contratos”, entre otros, que aportarán más certidumbre a los resultados reales (sin influencia del ciclo
económico) obtenidos en el PLAN.
La evaluación anual, así como la final contendrán, al menos, información relevante sobre los resultados
del PLAN por cada una de las medidas contenidas en el mismo. Aportará, asimismo, información sobre la
eficacia del PLAN, su eficiencia, pertinencia, cobertura y satisfacción de los usuarios (trabajadores
y empresarios).
Se diseñará un modelo de evaluación, que permita trasladar estos criterios a las distintas medidas. Este
modelo incluirá indicadores tanto del número de participantes en las distintas medidas como de los
resultados de las diversas fórmulas de inserción en el empleo: por cuenta ajena y por cuenta propia; tipo
de contrato y tipo de jornada; y duración de la contratación en la nueva ocupación.
Los resultados de esta evaluación se incorporarán a la estrategia de comunicación que se diseñe para la
divulgación del PLAN REINCORPORA-T, a los Informes y Memorias de los Servicios Públicos de Empleo
-estatal y autonómicos- y a las bases estadísticas -Principales Series- del Ministerio responsable de las
políticas de empleo.
El seguimiento y control de las acciones contempladas en las Medidas del PLAN REINCORPORA-T y la
evaluación de los resultados obtenidos, serán gestionados a través del Sistema de Información de los
Servicios Públicos de Empleo (SISPE), realizándose las modificaciones y mejoras que sean precisas para
llevar a cabo dichas tareas.
Recordar que la Ley de Empleo en su artículo 12 señala que el SISPE garantizará que se lleven a cabo
de forma adecuada las funciones de intermediación laboral, sin barreras territoriales; el registro de las
personas demandantes de empleo, y la trazabilidad de las actuaciones seguidas por estas en su relación
con los Servicios Públicos de Empleo; las estadísticas comunes; la comunicación del contenido de
los contratos; el conocimiento de la información resultante y el seguimiento, entre otros ámbitos, de la
gestión de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, la orientación profesional, las
iniciativas de empleo y las bonificaciones a la contratación, así como las actuaciones de las agencias de
colocación. Además, el sistema permitirá la evaluación, el seguimiento y control de la utilización de fondos
procedentes de los Presupuestos Generales del Estado o de la Unión Europea para su justificación.
68<índice>09
Comisión de seguimiento
del plan Reincorpora-T
Para comprobar el nivel de ejecución y de cumplimiento de los objetivos y de las medidas fijadas en el
PLAN, se creará una ‘Comisión de Seguimiento del PLAN REINCORPORA-T’ que contará con los medios
e instrumentos necesarios para conocer el avance y el impacto de las diferentes Medidas del PLAN
sobre el colectivo de personas desempleadas de larga duración. La periodicidad de las reuniones será
trimestral. La Comisión podrá tomar decisiones en relación con la necesidad de corregir el desarrollo del
PLAN en coherencia con los objetivos marcados.
Esta Comisión estará formada por representantes de:
• Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
• Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
• Servicios Públicos de Empleo Autonómicos.
• Sindicatos de Trabajadores y Asociaciones Empresariales más representativas, que gozan de
representación institucional.
• Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).
• Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
• Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.
• Consejo de la Juventud de España.
Las funciones de la ‘Comisión de Seguimiento del PLAN REINCORPORA-T’, serán las siguientes:
• Actuar como órgano de coordinación en el desarrollo, seguimiento y señalamiento de los elementos
a considerar en la evaluación del PLAN.
• Reunirse trimestralmente para analizar la evolución del PLAN.
• Asegurar el cumplimiento de las actuaciones previstas en el PLAN.
• Aprobar los informes de seguimiento y evaluación del PLAN.
• Trasladar la información pertinente sobre el PLAN a otras unidades u organismos que la soliciten.
• Analizar los resultados a medida que se vayan produciendo y proponer, en su caso, el reajuste o
modificación de las actuaciones a llevar a cabo.
• Cualquier otra función que sea necesaria para garantizar el adecuado desarrollo del PLAN y el
cumplimiento de los objetivos marcados.
Además, la Comisión Ejecutiva del SEPE realizará las funciones de Comisión Permanente de
Seguimiento, a cuyos efectos, en las reuniones celebradas en el último mes de cada trimestre natural,
incorporará un punto específico en el orden del día para tratar los asuntos que afecten al PLAN. En todo
caso, en la Comisión Ejecutiva inmediatamente anterior a la celebración de una Comisión de Seguimiento
del PLAN, se tratarán de forma específica los asuntos del orden del día de esta última.
En la reunión de la Comisión Ejecutiva del SEPE de junio de 2019, la primera en la que realizará
69<índice>las funciones de Comisión Permanente, se establecerá el Protocolo de Seguimiento del PLAN
REINCORPORA-T que, en cualquier caso, contendrá la comprobación del cumplimiento de los
indicadores de seguimiento del PAPE que estén ligados al PLAN, pudiendo proponer a las CC.AA.
concernidas, medidas para la mejora del cumplimiento de objetivos.
Para garantizar un adecuado seguimiento, el SEPE requerirá a los Servicios Públicos de Empleo de las
CC.AA. un informe con las prioridades y criterios de actuación que, en base a su realidad territorial,
estimen que se ajusta mejor al desarrollo del PLAN. Estos informes se aportarán por el SEPE a la primera
reunión de la Comisión Permanente del PLAN REINCORPORA-T.
Además, una de las primeras tareas de la Comisión de Seguimiento será establecer los indicadores y
objetivos de todas las medidas incluidas en el PLAN que tengan su encuadre en el PAPE.
70<índice>10
Vigencia del plan
Reincorpora-T
El PLAN REINCORPORA-T se mantendrá vigente durante un periodo de tres años: 2019, 2020 y 2021.
Todas las Medidas recogidas en el PLAN se desarrollarán durante su vigencia salvo aquéllas que puedan
permanecer aplicables por su carácter estructural o porque su desarrollo en el tiempo exceda de la
propia vigencia del PLAN.
71<índice>11
Anexos
11.1 1 Datos de los Demandantes Parados de Larga
Duración mayores de 30 años por sexo, tramos de
edad, tramos de edad y sexo, por nivel formativo y por
Comunidad Autónoma del domicilio del demandante
Cuadro 1.-Demandantes Parados de Larga Duración mayores de 30 años
Tiempo Inscripción Ininterrumpido
Demanda
Mayor de 1 año y menor o igual a 2 años
Media de Demandantes parados412.680
32,15%> 2 años y menor o igual a 3 años
217.60116,95%Más de 3 años
653.41950,90%Total
1.283.700100,00%Cuadro 2.-Demandantes Parados de Larga Duración mayores de 30 años, desagregados por sexo.
Tiempo
Inscripción
Ininterrumpido
Demanda
> 1 AÑO Y <= 2 AÑOS
>2 AÑOS Y <= 3 AÑOS
> 3 AÑOSTotalSexo
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
HOMBRE
154.18637,36%77.02735,40%233.74135,77%464.95436,22%MUJER
258.49362,64%140.57364,60%419.67864,23%818.74463,78%Total
412.679217.600653.4191.283.698100,00%Cuadro 3.- Demandantes Parados de Larga Duración mayores de 30 años, desagregados por tramos de
edad
Tiempo
Inscripción
Ininterrumpido
Demanda Tramo
> 1 AÑO Y <= 2 AÑOS
>2 AÑOS Y <= 3 AÑOS
> 3 AÑOSTotalEdad Tramo
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
30-44
156.59812,20%68.5485,34%123.1839,60%348.32927,13%45-54
134.43010,47%75.3135,87%218.85217,05%428.59533,39%>=55
121.6509,48%73.7395,74%311.38324,26%506.77239,48%412.678
32,15%217.60016,95%653.41850,90%1.283.696100,00%
72<índice>Cuadro 4.- Demandantes Parados de Larga Duración mayores de 30 años, (desagregados por tramos de
edad y sexo)
Tiempo
Inscripción
Ininterrumpido
Demanda
> 1 AÑO Y <= 2 AÑOS
>2 AÑOS Y <= 3 AÑOS
> 3 AÑOSTotalHombre
MujerTotalHombreMujerTotalHombreMujerTotalEdad Tramo
DESC
Media de Demandantes parados
Media de Demandantes parados
Media de Demandantes parados
Media de Demandantes
parados
30-44
48.406 108.192 156.59819.33849.21068.54835.67487.508 123.182348.32827,13%45-54
51.36983.061 134.43027.04348.27075.31376.194 142.658 218.852428.59533,39%>=55
54.41067.240 121.65030.64643.09373.739 121.872 189.510 311.382506.77139,48%Total 154.185 258.493 412.678
77.027 140.573 217.600 233.740 419.676 653.416 1.283.694100,00%Cuadro 5.- Demandantes Parados de Larga Duración mayores de 30 años, desagregados por nivel
formativo.
Tiempo Inscripción
Ininterrumpido
Demanda Tramo
> 1 AÑO Y
<= 2 AÑOS
>2 AÑOS Y
<= 3 AÑOS
> 3 AÑOSTotalNivel Formativo
Agrupación (OBS)
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
% sobre
el total
% agrupados
Sin estudios
39.25720.39059.867119.5149,31%70,86%Estudios primarios
22.68112.11638.17672.9735,68%ESO sin titulación
102.20555.909186.118344.23226,82%ESO con titulación
115.66563.148194.120372.93329,05%Bachillerato y
equivalentes
37.39219.09555.746112.2338,74%29,14%Grado medio FP
27.84714.49742.24084.5846,59%Grado superior FP
26.57313.19933.74673.5185,73%Universitarios primer
ciclo
15.0057.39917.86040.2643,14%Universitarios segundo
ciclo
21.0869.86522.66453.6154,18%Universitarios EEES
(Bolonia)
4.0331.5962.1087.7370,60%Otras titulaciones
9163697462.0310,16%Indeterminado
11719370,00%Total
412.671217.590653.4101.283.671
73<índice>Cuadro 6.-Demandantes Parados de Larga duración mayores de 30 años, desagregados por Comunidad
Autónoma del domicilio del demandante)
Domicilio
CC.AA. ID
Tiempo Inscripción Ininterrumpido
Demanda Tramo
> 1 AÑO Y <= 2 AÑOS
>2 AÑOSY <= 3 AÑOS
> 3 AÑOSTotalDomicilio CC.AA.
DESC
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
1
ANDALUCIA97.391 23,60%53.449 24,56% 151.824 23,24%302.66423,58%2
ARAGON7.1201,73%3.5771,64%12.2951,88%22.9921,79%3
PRINCIPADO DE ASTURIAS
9.1122,21%5.0862,34%17.6052,69%31.8032,48%4
ILLES BALEARS4.5031,09%2.0880,96%5.9440,91%12.5350,98%5
CANARIAS27.3376,62%14.6926,75%45.9197,03%87.9486,85%6
CANTABRIA4.4001,07%2.1951,01%6.9391,06%13.5341,05%7
CASTILLA-LA MANCHA
25.3646,15%12.8385,90%30.3164,64%68.5185,34%8
CASTILLA Y LEON18.0804,38%9.5194,37%31.0004,74%58.5994,56%9
CATALUÑA50.428 12,22%24.221 11,13%74.898 11,46%149.54711,65%10
COM. VALENCIANA46.677 11,31%25.802 11,86%82.464 12,62%154.94312,07%11
EXTREMADURA13.1843,19%6.6733,07%16.6022,54%36.4592,84%12
GALICIA23.5265,70%13.3046,11%41.2526,31%78.0826,08%13
COM. DE MADRID47.736 11,57%23.639 10,86%67.135 10,27%138.51010,79%14
REGION DE MURCIA12.3272,99%6.6323,05%21.4923,29%40.4513,15%15
COM. FORAL DE NAVARRA
3.9640,96%1.8730,86%5.7590,88%11.5960,90%16
PAIS VASCO16.5114,00%9.2954,27%34.1695,23%59.9754,67%17
LA RIOJA1.9270,47%9840,45%3.0490,47%5.9600,46%18
CEUTA1.7050,41%9370,43%2.7830,43%5.4250,42%19
MELILLA1.3770,33%7890,36%1.9660,30%4.1320,32%Total 412.669 32,15% 217.593 16,95% 653.411 50,90% 1.283.673 100,00%
74<índice>Cuadro 7.- Demandantes Parados de Larga Duración mayores de 30 años, desagregados por nivel
formativo y sexo
Sexo
Tiempo Inscripción Ininterrumpido
Demanda Tramo
> 1 AÑO Y
<= 2 AÑOS
>2 AÑOS Y
<= 3 AÑOS
> 3 AÑOSTotalNivel Formativo
Agrupación
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
Media de Demandantes
parados
% sobre el total
% agrupados
HOMBRE
Sin estudios15.6437.80823.73147.1823,68%74,99%Estudios primarios
8.9384.49113.70727.1362,11%ESO sin titulación
45.00323.62277.157145.78211,36%ESO con titulación
Bachillerato y
equivalentes
Grado medio FP
42.57221.37764.619128.56810,02%14.075
6.84920.48041.4043,23%25,01%7.691
3.69610.90522.2921,74%Grado superior FP
Universitarios primer
ciclo
Universitarios
segundo ciclo
Universitarios EEES
(Bolonia)
Otras titulaciones
7.7553.64310.17221.5701,68%3.958
1.8494.62110.4280,81%6.881
3.0527.30217.2351,34%1.321
5017162.5380,20%334
1303207840,06%Indeterminado
51280,00%TOTAL
154.17677.019233.732464.927MUJER
Sin estudios23.61212.58036.13672.3285,63%68,52%Estudios primarios
13.7427.62424.46745.8333,57%ESO sin titulación
57.20232.287108.961198.45015,46%ESO con titulación
Bachillerato y
equivalentes
Grado medio FP
73.09241.770129.500244.36219,04%23.314
12.24635.26470.8245,52%31,48%20.156
10.80031.33562.2914,85%Grado superior FP
Universitarios primer
ciclo
Universitarios
segundo ciclo
Universitarios EEES
(Bolonia)
Otras titulaciones
18.8179.55623.57351.9464,05%11.046
5.55013.23829.8342,32%14.204
6.81315.36236.3792,83%2.711
1.0931.3925.1960,40%581
2384251.2440,10%Indeterminado
6516270,00%TOTAL
TOTAL
258.483412.659
140.562217.581
419.669653.401
818.7141.283.641
1 Fuente: Sistema de Análisis de la Información del Servicio Público de Empleo Data WH: Proyecto Demanda. Fecha de
extracción 18/02/2019.
Tiempo de inscripción ininterrumpido en el desempleo mayor de 1 año
Media de demandantes parados del año 2018
75<índice>11.2 Cuadro resumen de Programas de Políticas Activas
de Empleo para las personas Paradas de Larga Duración
en países UE
Los cuadros que se muestran a continuación se corresponden con las políticas y medidas asociadas que
diferentes países de nuestro entorno han impulsado o están impulsando para atender a los desempleados
de larga duración y que se han considerado a la hora de elaborar el presente documento del PLAN
REINCORPORA-T.
1.- Alemania
Cuadro 8.-Políticas y medidas asociadas a PLD en Alemania
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorLey para las oportunidades
de participación
4Incentivos al empleoSíNoSíPolíticas activas de empleo
1OrientaciónNoSíSí2
Formación4
Incentivos al empleo5
Empleo con apoyo para discapacitados
6
Creación de empleo directo7
Fomento del auto-empleoPrograma Federal
Oportunidades de Empleo
6Creación de empleo directoSíNoSíProyecto regional – piloto
empleo con subvenciones
públicas – Renania del
Norte-Westfalia
6Creación de empleo directoSíNoSíPrograma federal
para la inserción de
desempleados de larga
duración beneficiarios de
prestaciones
1OrientaciónSíNoSí4
Incentivos al empleoParticipación social en el
mercado de trabajo
1OrientaciónSíNoNo4
Incentivos al empleoTrabajo ciudadano
1OrientaciónSíNoNo4
Incentivos al empleoOfensiva berlinesa para el
empleo
1OrientaciónSíNoNo
76<índice>2.- Letonia
Cuadro 9.-Políticas y medidas asociadas a PLD en Letonia
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorEmpleo subsidiado para
desempleados de grupos
vulnerables
5Empleo con apoyo para discapacitados
SíSíSí6
Creación de empleo directoGarantía Juvenil
2FormaciónNoSíNo6
Creación de empleo directoApoyo a la formación de
desempleados
2FormaciónNoNoSíMedidas de activación para
desempleados de larga
duración
2FormaciónSíNoSí3.- Francia
Cuadro 10.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Francia
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorInserción por la actividad
económica
1OrientaciónSíSíSí4
Incentivos al empleo5
Empleo con apoyo para discapacitados
6
Creación de empleo directoTerritorio con cero parados
de larga duración
4Incentivos al empleoSíNoSí
77<índice>4.- Suiza
Cuadro 11.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Suiza
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorAyuda para iniciar una
relación laboral
4Incentivos al empleoNoSíSíCursos
2FormaciónNoNoSíPrácticas con fines de
formación
2FormaciónNoNoSíAyudas para la formación
2FormaciónNoSíSíProgramas de empleo
temporal
6Creación de empleo directoNoNoSíStage con el fin de adquirir
experiencia profesional
4Incentivos al empleoNoSíSí6
Creación de empleo directoAyudas para el
desplazamiento
4Incentivos al empleoNoSíSí5.- Austria
Cuadro 12.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Austria
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorAyudas para la integración
4Incentivos al empleoSíSíSíAyuda para subvencionar el
salario
Proyectos de empleo
socioeconómico
4Incentivos al empleoNoSíSí6
Creación de empleo directoSíSíSíProyectos de empleo de
utilidad pública
4Incentivos al empleoSíSíSí6
Creación de empleo directoAyudas para la formación
y promoción profesional y
para financiar los gastos de
formación
1OrientaciónSíSíSí2
FormaciónAyuda para cubrir la
manutención
1OrientaciónSíSíSí2
FormaciónInstituciones de
asesoramiento y atención
1OrientaciónSíSíSí
78<índice>6.- Rumanía
Cuadro 13.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Rumanía
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorPaquete integrado de
medidas para la reinserción
en el mercado de trabajo
de desempleados de larga
duración
Subvención a empleadores
que contraten a personas
en busca de empleo
pertenecientes a colectivos
débiles, con un acceso más
difícil al ML
1OrientaciónSíNoNo2
Formación4
Incentivos al empleoSíSíSíAcciones de mediación
para el empleo
Fomento de la movilidad
geográfica en el trabajo
1OrientaciónSíSíSí4
Incentivos al empleoSíSíSí7.- Italia
Cuadro 14.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Italia
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorCheque de recolocación
1OrientaciónNoSíSíMe formo y trabajo en
Publia
1OrientaciónSíSíSí2
FormaciónBuenos Servicios en
Piamonte
1OrientaciónSíSíSí
79<índice>8.- Grecia
Cuadro 15.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Grecia
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorPrograma especial de
empleo para graduados
de educación superior y
tecnología
6Creación de empleo directoNoSíSíPrograma de becas
empresariales para el
empleo
4Incentivos al empleoNoSíSíProgramas de trabajo en
el sector público / trabajo
socialmente útil
6Creación de empleo directoSí??Fortalecimiento del
emprendimiento
7Fomento del auto-empleoNoSí?Programas de formación
2Formación???9.- Portugal
Cuadro 16.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Portugal
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorPrograma Contrato-
Emprego
2FormaciónSíSíSí4
Incentivos al empleoPrograma Estagios
professionais
2FormaciónSíSíSí4
Incentivos al empleoIncentivos a la contratación
de PLD y muy larga
duración
4Incentivos al empleoSíSíSí
80<índice>10.- Países Bajos
Cuadro 17.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Países Bajos
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorPolítica de reintegración de
los parados al mercado de
trabajo
1OrientaciónSíSíSí6
Creación de empleo directoIncentivos para
empresarios
4Incentivos al empleoSíSíSíMejora de la empleabilidad
de los trabajadores con
discapacidad
4Incentivos al empleoNoSíSí5
Empleo con apoyo para discapacitados
Cuentas individuales de
formación
2FormaciónSíSíSíProgramas piloto
experimentales para
el mantenimiento y/o
reintegración en el
mercado laboral de
trabajadores mayores
o que no perciban
prestaciones sociales
1OrientaciónNoSíSíPrograma VIA (inmigrantes
de baja formación)
Perspectiva para mayores
de 50 años
2FormaciónNoSíSí1
OrientaciónNoSíNo11.- Bélgica
Cuadro 18.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Bélgica
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorActiva Brussels
4Incentivos al empleoSíSíSíPlan de formation 2020
2FormaciónSíSíSíImpulsion insertion
4Incentivos al empleoSíNoNoImpulso 12 meses+
4Incentivos al empleoSíNoSíPolítica flamenca de
colectivos destinatarios
4Incentivos al empleoSíSíSíSistema de experiencia
profesional temporal
2FormaciónSíNoSí6
Creación de empleo directo
81<índice>12.- Irlanda
Cuadro 19.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Irlanda
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorJobs Plus
4Incentivos al empleoSíSíSíCommunity Employment
Programme
2FormaciónSíNoSí4
Incentivos al empleo6
Creación de empleo directoTús
6Creación de empleo directoSíNoSíGateway
6Creación de empleo directoSíNoSí13.- Reino Unido
Cuadro 20.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Reino Unido
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorWork Programme
1OrientaciónNoNoNoHelp to work
1OrientaciónSíNoNo6
Creación de empleo directoWork and Health
Programme
1OrientaciónSíSíSíIntensive Personalised
Employment Support
Programme
1OrientaciónSíSíSí14.- Estonia
Cuadro 21.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Estonia
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorMi primer trabajo
2FormaciónNoSíSí4
Incentivos al empleo
82<índice>15.- Luxemburgo
Cuadro 22.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Luxemburgo
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorCrear un empleo
de integración para
desempleados de larga
duración
6Creación de empleo directoSíNoSíLa ayuda a la contratación
de los desempleados de
más edad (reembolso de
las cotizaciones sociales)
4Incentivos al empleoNoSíSíAprendizaje de
profesionalización (SP)
2FormaciónNoSíSí4
Incentivos al empleoLa ocupación temporal
indemnizada (OTI)
4Incentivos al empleoNoSíSí16.- Suecia
Cuadro 23.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Suecia
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorPrograma de Empleo y
Desarrollo (JOB)
1OrientaciónSíSíSí2
Formación7
Fomento del auto-empleoGarantía de Empleo para
jóvenes (UGA)
1OrientaciónNoSíSí2
Formación7
Fomento del auto-empleoPrograma de
Establecimiento
1OrientaciónNoSíSí2
FormaciónPuesto de Empleo de
introducción vocacional
2FormaciónSíSíSí4
Incentivos al empleo
83<índice>17.- Dinamarca
Cuadro 24.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Dinamarca
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorSubsidio de estudios
2FormaciónNoSíSíPuestos de utilidad
6Creación de empleo directoNoSíSíItinerarios puente
1OrientaciónNoSíSí2
FormaciónAyuda de mentores
1OrientaciónNoSíSíPrácticas en empresas
2FormaciónNoSíSíPuestos con subvención
salarial
4Incentivos al empleoSíSíSíRotación de empleo
2FormaciónSíSíSí4
Incentivos al empleoPuestos para aprendices
licenciados
6Creación de empleo directoNoSíSíFormación profesional de
adultos mayores de 25
años
2FormaciónNoNoSíEntrevistas centradas en la
búsqueda de empleo
Formación para el empleo
(AMU)
1OrientaciónNoNoSí2
FormaciónNoNoSíSubvención de
recalificación
2FormaciónNoNoSí4
Incentivos al empleoFormación continua (FMU)
2FormaciónNoNoSíSubvención salarial para la
contratación
4Incentivos al empleoNoNoSíMedidas para impulsar
el empleo de los
discapacitados
1OrientaciónNoSíSí4
Incentivos al empleo5
Empleo con apoyo para discapacitados
.- Polonia
Cuadro 25.- Políticas y medidas asociadas a PLD en Polonia
Nombre
Tipo de medidaDirigida a PLD Dirigida a otros
colectivos
En vigorOrientación individual
y en grupo, talleres de
motivación y terapéuticos
1OrientaciónNoNoNoTrabajos de intervención
4Incentivos al empleoSíSíSíCursos de formación
2FormaciónNoNoSíTrabajo en cooperativas
sociales
4Incentivos al empleoSíSíSí6
Creación de empleo directo
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