Hola que tal a todos,tengo una duda sobre algo que me dijo un abogado.
La empresa entra en suspension de pagos y nos da una carta en la que nos da un permiso para quedarnos en casa mientras ellos tramitan todo esto de la suspension de pagos, pues bien nos ponemos en contacto con un abogado que nos va a llevar el tema, pero nos explica algo de que si logra ponernos a cobrar del paro luego tendremos que devolverlo antes de cobrar del fondo salarial.Alguien puede explicarme porque? Este abogado explico algo pero la verdad que el no entender de leyes te deja un poco dudas.
Hola, todo dependera de la fecha de extincion de los contratos, si la fecha es posterior al permiso, no deberiais devolver el dinero al paro, pero si la fecha de extincion es desde el disfrute del permiso, debereis devolver lo cobrado del fogasa al paro
Gracias Federico por tu respuesta,creo que lo que intenta este abogado es demostrar que si la empresa no nos da trabajo y tampoco nos paga desde julio es como si fuera un despido.En los papeles que firmemos para el cmac el ponia la fecha desde el dia del permiso,entonces entiendo que nos tocara devolver el dinero, pero lo que no entiendo es que el dijo que habia que devolverlo antes de cobrar de fogasa, entonces donde es que nos ayudan economicamente? Gracias de nuevo y saludos
No entiendo mucho sobre este tema en concreto pero lo que estas diciendo no lo veo muy claro, es decir, el porque tienes que devolver tu un dinero que te corresponde. No es tu culpa que la empresa esté en suspensión de pagos por lo tanto no tendrias porque devolver ningun dinero. Informate bien ya que hay mucha incompetencia por ahí y te pueden engañar.
La compañía Gold & Silver Physical Metals KG , es una compañía alemana con sede en Munich, lleva desde 2006 operando en el sector de los metales...
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